Tío político es sentenciado a seis años de prisión por abuso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 192-DC-2024

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Quito (Pichincha), 09 de febrero de 2024.- Germán Santiago C. C., de 33 años, está sentenciado a la pena máxima agravada de seis años y cuatro meses de privación de la libertad. Fiscalía demostró, en audiencia de juzgamiento, que el procesado es autor de abuso sexual cometido en contra de su sobrina política.

El fallo condenatorio del Tribunal Penal ordena al sentenciado cancelar una multa de doce salarios básicos unificados y 2.000 dólares como reparación a la víctima; también dispone al Ministerio de Salud Pública entregar tratamiento sicológico a la adolescente.

Fiscalía demostró que la mañana del 13 de junio de 2020, la víctima -de 16 años de edad- escribió a su madre para que la sacara de aquella casa. Segundos antes, el esposo de su tía le reveló que ella le gustaba desde hace mucho tiempo y la tocó con insinuaciones sexuales.

La reacción de la adolescente fue esquivarlo, decirle que salga de su habitación y escribirle inmediatamente a su mamá. Esta conducta, considerada por el Código Orgánico Integral Penal como abuso sexual, sucedió en menos de treinta segundos, sin testigos y en medio de una fiesta familiar.

La madre encontró a la adolescente, parada en la puerta de la casa de su tía. Al enterarse de lo sucedido, fueron a la UPC del barrio para denunciar el delito.

En el juicio, la madre de la víctima dijo al Tribunal que un día antes, por pedido del padre, le dio permiso a su hija para asistir a la fiesta de cumpleaños de su primo, en la casa del agresor.

La joven le contó que los adultos de la familia paterna de la víctima ingirieron bebidas alcohólicas toda la noche y madrugada. Cuando, en la mañana de 14, el tío político perpetró el abuso sexual a la adolescente que descansaba en uno de los dormitorios de esa casa.

La víctima, en su testimonio anticipado reproducido durante la audiencia de juicio, detalló los hechos cometidos por Germán Santiago C. C. y contó que él empezó a realizar insinuaciones desde que ella tenía 13 años; sin embargo, no había dicho nada por miedo a que no le crean, ya que en la familia de su papá el tío “Germán es intocable”.

El testimonio del experto que realizó estudio de credibilidad del relato, dijo al Tribunal que en lo narrado por la víctima no se encontró rastro de “alguna motivación espuria para haber montado una falsa denuncia”. Así también, la perita psicóloga afirmó que la huella psicológica que soporta la adolescente se refleja en depresión, ansiedad y llanto fácil.

Los integrantes de la familia paterna testificaron a favor de agresor, lo defendieron y coincidieron en que no vieron nada. En tanto el procesado negó la agresión, tachándola de mentira.

El padre de la víctima, quién se había retirado horas antes del domicilio dejando a su hija allí –vulnerable en un entorno de adultos alcoholizados–, dijo que “no le creía a ninguno de los dos”.

El Tribunal, en su sentencia condenatoria, precisó que la declaración de la víctima de un delito sexual “produce una fuerte presunción de culpabilidad en contra del procesado, especialmente por tratarse de un delito que casi siempre se comete a escondidas o huyendo de cualquier persona que pudiera presenciarlo”.

Con base en la prueba de cargo presentada por Fiscalía, resolvió que el procesado ejecutó abuso sexual, aprovechándose de la relación de familiaridad que tenía con la víctima, violentando, de esta forma, el derecho de la adolescente a desarrollarse de modo integral, en un marco de libertad y dignidad.

 

 

 

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