Condenado por violación a una niña

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 116-DC-2024

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Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 25 de enero de 2024.- Luego de la valoración de las pruebas expuestas por la Fiscalía General del Estado, Tribunal de Garantías Penales sentenció a Grismaldo V. a doce años con ocho meses de pena privativa de libertad, como autor directo del delito de violación perpetrado contra una niña.

Los jueces emitieron la sentencia condenatoria, tras considerar la circunstancia atenuante de la infracción establecida en el artículo 45, numeral 5: presentarse en forma voluntaria a las autoridades de justicia, pudiendo haber eludido su acción por fuga u ocultamiento.

El hecho investigado ocurrió el 13 de mayo de 2023, en un domicilio ubicado en Santo Domingo donde la víctima residía con sus padres. Grismaldo V. (vecino y agresor) aprovechaba la media noche para ingresar al cuarto donde la niña dormía y cometer el delito, mientras los padres descansaban en otra habitación.

En el desarrollo de la audiencia de juicio, la fiscal del caso expuso las pruebas que fueron recopiladas en el transcurso de la investigación. Entre ellas se incluye: el testimonio anticipado de la víctima (donde reconoció al ahora sentenciado como el agresor), el testimonio de su madre, la pericia médico-legal ginecológica, el reconocimiento del lugar de los hechos.

También rindieron los expertos que practicaron las pericias: psicológica y de trabajo social efectuado a la niña.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y es sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso el Tribunal consideró la circunstancia atenuante de la infracción establecida en el artículo 45, numeral 5 del mismo cuerpo legal, lo que atenuó la sentencia.

 

 

 

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