noviembre 21, 2014
Sala aceptó recurso de nulidad solicitado por Fiscalía en caso ‘Neonatos’
Guayaquil, 21 de noviembre del 2014.- La Sala de Garantías Penales del Guayas declaró, por unanimidad, nula la declaratoria de inocencia dictada por el Tribunal Décimo de Garantías Penales en el caso ‘Neonatos’.
La resolución fue hecha pública la mañana del 21 de noviembre del 2014, tras aceptar el recurso de nulidad y apelación interpuesto por la Fiscalía, en rechazo a la sentencia que favorecía a los procesados Aracelly P. y Ricardo A., al considerar que no se tomaron en cuentan las pruebas presentadas en juicio.
En la audiencia, los miembros de la Sala, encabezada por el juez Demóstenes Díaz, anunciaron que en su fallo resolvían declarar la nulidad de todo lo actuado por el Tribunal, a partir de fojas uno.
Además se ordenó que un nuevo Tribunal reciba, conozca y tramite lo que corresponda para instalar una nueva audiencia de juzgamiento.
La fiscal Margarita Neira, a cargo del caso, basó su recurso en que uno de los integrantes del Tribunal habría colaborado profesionalmente, hace 5 años en otra causa penal, con uno de los abogados de los procesados en el caso ‘Neonatos’.
Esto ocurrió antes de que fuera nombrado juez del Tribunal, por lo que no procedía su participación en este caso.
La fiscal Neira aseveró que debió excusarse en este proceso. “Esto atentó contra los principios de imparcialidad, probidad e igualdad, es decir, el derecho que tiene toda persona a ser juzgada por un juez imparcial, en concordancia con la Constitución e instrumentos internacionales”.
El caso ‘Neonatos’ surgió tras el fallecimiento de 11 infantes ocurrido en el hospital de niños Francisco de Icaza Bustamante, en Guayaquil, de los cuales a tres se confirmó su muerte por la propagación de la serratia marcescens. En las investigaciones se determinó que esta bacteria se encontró en el área de Neonatología de esa casa de salud.
La serratia marcescens es una bacteria intrahospitalaria o de ambiente, que generalmente ataca al organismo de pacientes que poseen una inmunidad baja o casi nula, especialmente en niños recién nacidos o prematuros. Aquello ocurrió en esta casa de salud y quedó demostrado con los peritajes efectuados.
Tanto Patricia P.C. como Ricardo A.Z. son procesados por el delito de homicidio inintencional, penado con 3 meses a 2 años de prisión, según el artículo 459 del anterior Código Penal, debido a que eran los responsables de la administración de esa área y de evitar la propagación de algún tipo de infección.