Condenado por abuso sexual a su hijastra

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 008-DC-2024

Imagen de boletín: Condenado por abuso sexual a su hijastra

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 04 de enero de 2024.- Sobre la base de las pruebas expuestas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a Reinaldo V. a cinco años de pena privativa de libertad, como autor directo del abuso sexual perpetrado contra su hijastra de 9 (a la fecha de los hechos, en 2016).

En un inmueble ubicado en Santo Domingo, la víctima residía junto con su madre y su padrastro, quien aprovechan que la niña se quedaba sola en una habitación para cometer actos de naturaleza sexual contra ella.

La agraviada contó lo ocurrido a la tutora de su congregación. Luego, ella alertó a la progenitora de la agraviada sobre la agresión sexual que había sufrido.

La Fiscal del caso presentó –en el desarrollo de la audiencia de juzgamiento– las pruebas recabadas en la investigación, con la finalidad de demostrar antes los jueces la responsabilidad y materialidad de la infracción cometida por el ahora sentenciado.

Entre estas se incluyeron: el testimonio anticipado de víctima (en el que reconoció a su padrastro como su agresor), el testimonio de la trabajadora social de Fiscalía y el agente de Policía que practicó el reconocimiento del lugar de los hechos.

También rindió su testimonio la tutora de la congregación a la que asistían la madre de la víctima y la niña.

Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años: cuando la víctima es menor de 14 años o con discapacidad. Sin embargo, en este caso se aplicó la sanción tipificada en el delito de abuso sexual antes de la reforma al COIP, cuerpo legal vigente cuando ocurrió el hecho.

 

 

 

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