Sentenciado por actividad ilícita de recursos mineros

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1350-DC-2023

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Colta (Chimborazo), 28 de diciembre de 2023.- Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo acogió el pedido de Fiscalía y sentenció a cinco años de prisión, a Máximo Gerardo T. G. como autor del delito de actividad ilícita de recursos mineros.

El hecho investigado por Fiscalía se produjo el 6 de agosto de 2020. Agentes de la Policía Nacional ejecutaban un operativo de seguridad en la Panamericana Sur, a la altura de la Iglesia de Balbanera del cantón Colta, cuando detuvieron la marcha de un camión. Al revisarlo encontraron –bajo cincuenta sacos de papas– doce sacos de yute con material mineralizado (carbón activado).

En ese momento, el ahora sentenciado indicó que era el dueño de la mercadería y que contrató el servicio del automotor desde Ibarra hacia Machala.

El ciudadano no contaba con los permisos correspondientes para la extracción comercialización y transporte del material minero, por lo que fue aprehendido y puesto a órdenes de Fiscalía para su procesamiento penal.

En la audiencia de juicio, el Fiscal Multicompetente del cantón Colta presentó como pruebas: los testimonios de los agentes aprehensores, los informes técnicos de la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), la pericia de análisis microscópico del material minero, el informe reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras.

Información jurídica

El artículo 260, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de libertad de cinco a siete años para la persona que, sin autorización de autoridad competente, extraiga, explote, explore, aproveche, transporte o comercialice recursos mineros.

 

 

 

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