Sentenciado por la violación a una adolescente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1310-DC-2023

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Quito (Pichincha), 12 de diciembre de 2023.- Que la víctima se hallaba privada de la razón y que en su contra se usó violencia, amenazas e intimidación para cometer el delito de violación. Esa fue la conclusión del Tribunal de Garantías Penales que juzgó el caso.

Lo hizo con base en la prueba presentada por el Fiscal de la Unidad de Violencia de Género de Quitumbe No. 3, que incluyó testimonios, pericias y documentos que sirvieron para destruir la presunción de inocencia de Ángel Vinicio S. L., condenándolo a una pena privativa de la libertad de diecinueve años, en calidad de autor directo.

El testimonio anticipado rendido por la víctima fue reproducido en la audiencia de juicio. Los jueces escucharon cómo se produjo la agresión sexual por voz de la misma adolescente de 14 años.

Ella narró que el 22 de marzo de 2023 acudió a la casa del procesado, en el sector de Guamaní, que él le dio de tomar una bebida alcohólica que le hizo perder la conciencia y que la llevó hasta la cama. Sin voluntad, la joven quedó a merced de su agresor. Cuando ella despertó se dirigió tambaleándose al baño y confirmó que había sido violada.

El examen médico-legal que se le practicó a la adolescente reconfirmó la agresión sexual. Entre las conclusiones del perito –también testigo de Fiscalía– se revelaron lesiones recientes en su zona íntima.

A ese testimonio se sumó el del agente de Policía que auxilió a la joven, quien –bajo juramento– dijo que la encontró confundida en el sector de Turubamba, con signos de haber ingerido alcohol. Ella le narró lo ocurrido y, con ayuda tecnológica, se rastreó el teléfono celular del procesado para ubicarlo y aprehenderlo.

El Fiscal del caso también mencionó la práctica de una pericia toxicológica, con la que probó un grado leve de intoxicación en la víctima, con 0.31 gramos por litro.

Estas y otras pruebas sirvieron para que los alegatos expuestos por Fiscalía sean aceptados en el Tribunal. Además de los diecinueve años de privación de la libertad, los jueces sancionaron a Ángel Vinicio S. L. con el pago de una multa de 600 salarios básicos unificados y de una reparación integral de 10.000 dólares a favor de la agraviada.

Información jurídica

Este caso fue sentenciado con base en el artículo 171, numerales 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la violación con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años: “cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse” y “cuando se use violencia, amenaza o intimidación”.

 

 

 

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