Procesado por el femicidio –en grado de tentativa– de su exnovia

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1274-DC-2023

Imagen de boletín: Procesado por el femicidio –en grado de tentativa– de su exnovia

Manta (Manabí), 30 de noviembre de 2023.- Juez aceptó el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Alexis C., quien fue aprehendido en flagrancia y procesado como presunto responsable de la tentativa de femicidio perpetrado contra una odontóloga en Manta.

Además, se dictaron medidas de protección a favor de la víctima y de sus familiares cercanos.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso explicó que los hechos ocurrieron en Manta, en un local de atención médica odontológica. Gracias a varios llamados al ECU 9-1-1, agentes de Policía acudieron al lugar y asistieron a una mujer que tenía varias heridas.

El hombre, presunto responsable del ataque, fue identificado como su exnovio.

De inmediato, la víctima fue llevada a una casa de salud donde fue atendida en emergencia por la gravedad de sus heridas, causadas por un arma blanca. El agresor también fue atendido, debido a que la víctima logró defenderse, usando sus instrumentos médicos. Luego de ser estabilizado y estando consciente fue aprehendido y puesto a órdenes de Fiscalía.

En la audiencia, la Institución presentó como principales elementos de convicción: las imágenes tomadas de la cámara de seguridad del lugar, en las que se observa al hombre atacando a la víctima con un cuchillo; las versiones de los agentes que acudieron a la emergencia, el parte policial de los hechos, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias (entre ellas el arma que usó el atacante).

También, los mensajes extraídos de los teléfonos celulares del agresor y la víctima en los que él la amenazaba de muerte; y, el informe médico-legal, que señala que las lesiones recibidas hubieran causado su muerte si no era atendidas de emergencia.

Información jurídica

El femicidio se encuentra tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Debido a que el delito no se consumó, será procesado con base en lo que señala el artículo 39 del mismo cuerpo legal, que define la tentativa.

 

 

 

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