16 años de reclusión mayor especial para militar por ejecución extrajudicial, como grave violación a los derechos humanos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1271-DC-2023

Imagen de boletín: 16 años de reclusión mayor especial para militar por ejecución extrajudicial, como grave violación a los derechos humanos

Tulcán (Carchi), 30 de noviembre de 2023.- Las más de cuarenta y ocho pruebas presentadas por Fiscalía demostraron que el militar Mario Fabián R. E. es autor directo de asesinato, bajo la figura jurídica de ejecución extrajudicial, como grave violación a los derechos humanos. Con esta tipificación, Tribunal de Garantías Penales de Carchi lo sentenció a dieciséis años de reclusión mayor especial.

Como reparación integral y simbólica –entre otros actos– deberá ofrecer disculpas públicas y cancelar 90.000 dólares a los familiares de la víctima, Gilberto T., y colocar una placa en el control fronterizo del destacamento militar “Tufiño” del Batallón de Infantería No. 39 Mayor Galo Molina, de Carchi, en memoria de la víctima.

Además, la familia deberá asistir a terapia psicológica en la Red de Salud Pública.

En la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía de Derechos Humanos presentó testimonios de testigos directos e indirectos, documentación recuperada en el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y del Ministerio de Defensa, respecto a las características del arma de guerra con el que se privó la vida de la víctima.

Fiscalía también expuso pericias extraordinarias relacionadas con: el tipo y alcance de las armas de guerra utilizadas para acabar con la vida de Gilberto T., empleo de la fuerza y armas de fuego por parte de funcionarios encargados de cumplir la Ley, uso progresivo de la fuerza, imprescriptibilidad de estas conductas consideradas como graves violaciones de derechos humanos y cosa juzgada fraudulenta.

Un delito imprescriptible

“¡Mataron al conductor!”, gritó un hombre que se bajó de una camioneta chocada y encunetada. Un adolescente de 12 años permanecía sentado junto a su padre, Gilberto T., a quien le llegó un disparo de fusil FAL en la cabeza.

Minutos antes, la camioneta que conducía la víctima perdió los frenos a un kilómetro del retén militar de Tufiño. El desperfecto del automotor no le permitió frenar en el destacamento, por lo que chocó el muro a su paso y continuó descarrilado.

Como reacción a este choque, el entonces jefe del retén –el subteniente Mario Fabián R. E.– le quitó el fusil a uno de sus subalternos y –sin observar las normas del uso progresivo de la fuerza, ni agotar los mecanismos disuasivos y menos letales– disparó a la camioneta que se alejaba del lugar. La estructura del automotor recibió varios disparos, en tanto Gilberto fue alcanzado –por la espalda– por una de las balas.

Por estos hechos, el militar fue sometido a un proceso sumario ante una Corte Militar. En dicha investigación, que fue llevada por militares, no participaron familiares ni testigos de lo que sucedió aquel 26 de noviembre de 1990. Tampoco se practicaron pericias científicas, como la de trayectoria balística.

Finalmente, “por no encontrarse pruebas suficientes”, Mario Fabián R. E. fue sobreseído. Es decir: la Corte Militar lo liberó de la responsabilidad penal y de indemnizar a la viuda y a los ocho hijos pequeños y huérfanos que dejó la ejecución extrajudicial de Gilberto.

Luego de 33 años de este crimen –y con base en el trabajo investigativo del equipo fiscal de la Dirección de Derechos Humanos– se obtuvo sentencia condenatoria: verdad, justicia y reparación.

Ante la defensa del procesado en la audiencia de juzgamiento, que alegó la existencia de cosa juzgada –porque la Corte Militar ya había procesado a su defendido–, el Tribunal la calificó de “cosa juzgada fraudulenta”, debido a que dicho juzgamiento estuvo a cargo de una “Corte Militar parcializada”, sin la comparecencia de familiares de la víctima o testigos del hecho, con prueba que no fue trabajada de forma adecuada y vulnerando los derechos de la víctima.

Los jueces también resolvieron la declaratoria de imprescriptibilidad del delito de asesinato en el contexto de ejecución extrajudicial, constitutiva como grave violación a los derechos humanos.

“La ejecución extrajudicial es la acción intencional de privar de la vida por parte de funcionarios del Estado, fuera del marco legal, sin garantías procesales mínimas”, es decir: la muerte como resultado del uso excesivo de la fuerza por parte de agentes estatales, dijo la Presidenta del Tribunal al emitir la resolución, la tarde y noche del 28 de noviembre de 2023.

Este caso se investigó y procesó tras la presentación del Informe de la Comisión de la Verdad a la Fiscalía General del Estado. La Institución abrió una indagación previa en 2011, debido al accionar desproporcionado del entonces Jefe del destacamento militar, ahora sentenciado.

 

 

 

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