Sentenciado a 17 años de prisión por tráfico de 1.5 toneladas de cocaína

Sentenciado a 17 años de prisión por tráfico de 1.5 toneladas de cocaína

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1094-DC-2023

Imagen de boletín: Sentenciado a 17 años de prisión por tráfico de 1.5 toneladas de cocaína

La Libertad (Santa Elena), 18 de octubre de 2023.- Con las múltiples pruebas presentadas en la audiencia de juzgamiento, Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de diecisiete años con cuatro meses de prisión contra un ciudadano por tráfico de drogas. Él fue aprehendido durante la incautación de 1.5 toneladas de cocaína, el 19 de noviembre de 2022, en Santa Elena.

El Tribunal, además de declarar culpable a Carlos Eugenio L. F. como autor directo, le impuso una multa de sesenta salarios básicos unificados del trabajador en general.

En la audiencia de juzgamiento se presentaron 10 testimonios, rendidos por agentes aprehensores, investigadores y peritos químicos forenses. También las pruebas documentales aportadas al proceso, como el acta de pesaje y verificación de la droga incautada, las pruebas de campo y pericias químicas, partes policiales, explotación de llamadas a celulares, entre otras.

El hecho investigado ocurrió en un patrullaje realizado por las Fuerzas Armadas. Luego de dos horas de persecución, a 215 millas náuticas del perfil costanero ecuatoriano, con dirección a la provincia de Santa Elena, se logró la detención de una embarcación sin identificación.

En la embarcación, que se trasladaba con dos motores fuera de borda y con 216 galones de combustible de reserva, se encontraron 34 sacos de yute que contenían 1.344 paquetes embalados con cinta adhesiva.

Además hallaron dos pasaportes, dinero en efectivo, un teléfono satelital, dos GPS, una boya satelital, una radio de comunicaciones, entre otras evidencias. Los dos tripulantes fueron aprehendidos y trasladados a la Base Naval de Salinas.

Uno de los aprehendidos, Rafael A. de 71 años, falleció durante el proceso iniciado por la Fiscalía.

Información jurídica

La Fiscalía procesó este delito con base en lo dispuesto en el artículo 220, numeral 1, literal d (gran escala), del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona la posesión, distribución, tenencia, transporte y venta de alcaloides, con pena privativa de libertad de diez a trece años, más las agravantes dispuestas en el artículo 47 numeral 5, que incrementó hasta en un tercio la pena impuesta.

 

 

 

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