Pruebas presentadas por Fiscalía en caso Karina del Pozo no pudieron ser refutadas en todas las instancias judiciales
Quito, 06 de octubre del 2014.- Los estudios de ADN realizados a las manchas de sangre encontradas en una piedra y en el vehículo que transportó por última vez a Karina del Pozo, en febrero del 2013, más los testimonios contradictorios de los tres implicados fueron las pruebas irrefutables que Fiscalía presentó en las distintas instancias judiciales, para que los tres responsables de su muerte enfrenten 25 años de prisión.
La violencia con la que actuaron los ahora sentenciados se refleja en los informes periciales donde, entre otros detalles, señala que la cabeza y rostro de la joven fueron destrozados.
En audiencia de formulación de cargos realizada el 28 de febrero del 2013, hubo cinco detenidos por este asesinato: Gustavo S., David P., José S., Cecilia R.y Nicolás L., los dos últimos interpusieron el recurso de nulidad a la prisión preventiva, en marzo del mismo año. Este pedido de revocatoria y sustitución de la prisión preventiva fue negado por el Juez Décimo Segundo de Garantías Penales de Pichincha, Raúl Martínez, por tratarse de un delito reprimido con pena de reclusión mayor.
El 24 de junio del 2013 se realiza la audiencia de auto llamamiento a juicio y sustentación de dictamen, donde el fiscal Vicente Reinoso, encargado de la investigación, dictaminó contra los tres primeros y se abstuvo de acusar a Cecilia R. y a Nicolás L. por considerar que no tuvieron participación relevante en los hechos. El dictamen mixto paso a consulta del Fiscal Provincial y fue aprobada en todas sus partes.
En audiencia de apelación al auto de llamamiento a juicio, realizada el 23 de julio del 2013, interpuesta por la defensa de Gustavo S., David P., José S., la segunda Sala de la Corte Provincial de Pichincha negó el pedido por considerar que la Fiscalía llevó la investigación con transparencia y ratificó el llamado a juicio.
El pasado 10 de septiembre del 2013, luego de nueve meses de investigaciones fiscales, los jueces del Tribunal Séptimo de Garantías Penales de Pichincha declararon culpables del delito de asesinato a David P., Gustavo S. y José S., según los magistrados, fueron los autores de la muerte de la joven, ocurrido el 20 de febrero del 2013.
El Tribunal decidió basándose en los informes de rastreo satelital, pericias de los instrumentos encontrados y testimonios de testigos presentados por la Fiscalía durante los cuatro días de audiencia de juzgamiento iniciada el miércoles 3 de septiembre.
En el escrito, los jueces del Tribunal también establecieron la indemnización de 20.000 dólares que cada uno de los sentenciados deberá pagar a los familiares de Karina y también disponen la prohibición de enajenar bienes de propiedad de los jóvenes implicados. Por ellos los procesados interpusieron el recurso de apelación a la sentencia.
Tras cinco meses de conocida la sentencia, en audiencia de apelación, la Corte Provincial de Pichincha ratificó la sentencia de 25 años de reclusión mayor a los tres sentenciados por el asesinato de Karina del Pozo.
Fiscalía argumentó que el examen que se realizó a las manchas de sangre de la piedra y del vehículo de propiedad de la madre de Gustavo S., correspondía al ADN de la víctima y esto no pudo ser desvirtuado por los abogados de la defensa de los procesados.
En tercera instancia, dos de los tres procesados apelaron el fallo de la Corte Provincial a través del recurso de casación. Pero la sentencia que declara su culpabilidad fue ratificada, por unanimidad, por los jueces de la Corte Nacional de Justicia por considerar a la apelación carente de fundamentos jurídicos.
En su intervención, el fiscal designado Andrés Idrobo, argumentó que las investigaciones y sustentos jurídicos mantenidos por la Fiscalía durante todas las instancias judiciales no han podido ser refutadas por la veracidad y transparencia de las pruebas.