Cpccs – fiscal subrogante

COMUNICADO OFICIAL FGE N°028-DC-2023

Ante las declaraciones recogidas en el boletín de prensa N° 41 del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), del 30 de mayo de 2023, en el que se informa la resolución de oficiar al Consejo de la Judicatura a fin de que le responda a un ciudadano si dicha institución ha designado a la o el Fiscal General del Estado Subrogante, la Fiscalía General del Estado (FGE) informa a la opinión pública que:

El Cpccs Transitorio, a través de la Resolución N° PLE-CPCCS-T-E-356-02-04-2019 y haciendo uso de las facultades y competencias extraordinarias que la ciudadanía le entregó a través de la consulta popular del año 2018, nombró al Dr. Wilson Mentor Toainga Toainga como fiscal general del Estado subrogante.

Dicha designación se llevó a cabo con base en el artículo 49 del Mandato de Designación emitido por el Cpccs Transitorio: “de conformidad con el artículo 47 del Código Orgánico de la Función Judicial, en la resolución de designación del Fiscal General del Estado, se designará como la o el Fiscal Subrogante a quien ostenta el más alto puntaje y categoría de la carrera fiscal, conforme al informe que emita el Consejo de la Judicatura”.

El mismo Cpccs Transitorio, en el considerando 8 de la mencionada Resolución, establece: “[…] por lo tanto corresponde a este Pleno proceder con la designación del Fiscal Subrogante”.

Y que lo señalado está respaldado por el Dictamen Interpretativo N° 2-19-IC/19 de la Corte Constitucional, en cuyo literal b establece: el alcance material de la potestad normativa del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio incluye la regulación de los procesos enmarcados en las competencias extraordinarias ya mencionadas.

En consecuencia, es evidente que la designación de la autoridad subrogante de la FGE que cumple funciones actualmente, no le correspondía al Consejo de la Judicatura. Con esta aclaración, está Institución hace un llamado al actual Cpccs para que actúe conforme dicta la Constitución y la norma.

 

 

 

Quito, 31 de mayo de 2023

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO