Pena agravada como autor directo del femicidio de su exconviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 450-DC-2023

Imagen de boletín: Pena agravada como autor directo del femicidio de su exconviviente

Machala (El Oro), 11 de mayo de 2023.- Luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales de El Oro sentenció a Carlos Antonio G. a treinta y cuatro años con ocho meses de pena privativa de libertad, como autor directo del femicidio de su conviviente, Zaida M., de 35 años.

La víctima y el procesado convivieron casi 13 años y procrearon dos hijos –de 6 y 3 años–. Esta relación estuvo marcada por la violencia, manipulación, celos, aislamiento del grupo familiar, social y comunitario. La mujer y sus hijos fueron víctimas de violencia física, psicológica y económica, por lo que habrían existido algunos intentos de separación, hecho que se concretó en abril de 2022.

Con el propósito de buscar un acercamiento, el 29 de abril del mismo año, Carlos G. invitó a Zaida M. a compartir en la zona rosa de Machala y al siguiente día el procesado se encontraba en el domicilio de la víctima.

Aproximadamente a las 09:30, la hermana de la víctima –quien vivía cerca– fue alertada por sus sobrinos cuando pedían ayuda, señalando que su padre estaba apuñalando a su madre. Cuando ingresó a la vivienda, observó al procesado encima de su hermana. Agentes de Policía fueron alertados y aprehendieron al agresor.

La autopsia médico-legal determinó que Zaida M. tenía nueve heridas punzocortantes y 38 heridas cortantes a la altura de la cabeza, rostro, cuello, región mamaria, tórax y extremidades superiores e inferiores. El motivo de su fallecimiento fue una hemorragia aguda por una laceración de la arteria carótida, causada por un instrumento punzocortante en el cuello.

En la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía presentó los testimonios de los hijos de la víctima y de su hermana, quien presenció los hechos. Además, se incluyó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el levantamiento de las evidencias, en donde se halló ADN del procesado.

Asimismo, la relación de poder preexistente y el contexto de violencia se justificaron con la pericia victimológica y la experticia de trabajo social.

El fallo condenatorio también contempla el pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados y 50.000 dólares como reparación integral a favor de los hijos de la mujer.

Además, dispusieron el tratamiento psicológico para las víctimas indirectas, así como la asignación de becas de estudios para garantizar la educación de los cuatro hijos de la víctima (dos de un compromiso anterior) que quedaron en la orfandad.

Información jurídica

Este caso fue judicializado según el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal. En este caso también se tomaron en cuenta las circunstancias agravantes del artículo 142, numerales 1 y 2 del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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