Fiscalía obtiene sentencia de 19 años por violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 430-DC-2023

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Sucre (Manabí), 09 de mayo de 2023.- Tribunal de Garantías Penales aceptó el pedido realizado por la Fiscalía General del Estado y, con base en las pruebas presentadas durante la audiencia de juicio, dictó sentencia en contra de Víctor M. a quien declaró culpable de la violación de una mujer, ocurrida en Bahía de Caráquez, en 2018.

Según lo manifestado por el fiscal del caso, durante la audiencia de juicio, el hecho ocurrió en la madrugada del 19 de mayo de 2018, en el barrio Leonidas Plaza. El agresor entró al inmueble y forzó la puerta de la habitación donde se encontraba la víctima a quien amenazó con un cuchillo y atacó sexualmente.

Luego de consumado el delito huyó del lugar y la mujer pidió ayuda. El padre de la agredida llegó inmediatamente. La víctima le contó lo ocurrido y el hombre salió en busca del atacante. En el recorrido que había tomado encontró unos zapatos y una billetera en cuyo interior se encontró una cédula.

La víctima reconoció en la foto a su agresor y se informó al ECU-911. Los agentes que acudieron al lugar recibieron las evidencias encontradas y las características del atacante con lo que se inició una búsqueda, pero no fue ubicado inmediatamente.

Luego de recibida la denuncia respectiva, la institución ofició las diligencias correspondientes y, con los elementos de convicción recabados, se inició un proceso penal en contra del agresor, quien fue detenido en 2022.

En la audiencia de juzgamiento se presentaron, como principales pruebas, el testimonio de la doctora que realizó el examen médico-legal, en donde se confirma la existencia del delito. A ello se sumó la pericia psicológica, que señala la existencia de secuelas traumáticas, a consecuencia del hecho violento.

También, se presentaron los testimonios de los agentes que acudieron a la emergencia, la del padre y el testimonio anticipado de la víctima, en donde hace una narración del suceso e identifica al agresor.

Información jurídica

Este caso fue procesado como violación, con base en lo tipificado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.

 

 

 

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