Segunda sentencia de 22 años para ciudadano por el delito de violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 329-DC-2023
Machala (El Oro), 06 de abril de 2023.- Por unanimidad, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, ratificó la sentencia condenatoria de 22 años de prisión en contra de Luis Alfredo C., como autor de la violación a una niña de casi 5 años.
El sentenciado mantuvo una relación sentimental con la tía materna de la víctima, por eso lo identificaba como el “tío Alfredo”. Luego de ganarse la confianza de toda la familia y debido a las complicaciones económicas por la pandemia de Covid_19, en agosto de 2020, decidieron arrendar conjuntamente un departamento en Machala, donde el procesado ocupaba una habitación.
Primero, Luis Alfredo C. agredió sexualmente a la hermana mayor de la víctima, una niña de 10 años, mientras los otros miembros de la familia salían a trabajar. El agresor fue aprehendido en delito flagrante y, por ese hecho, también tiene una sentencia de 22 años de prisión, por violación.
Durante este proceso, la niña de 10 años dio su testimonio anticipado en la Cámara de Gesell y mencionó lo que “El monstruo” –como ellas lo llamaban– les hizo a ella y a su pequeña hermana.
En la audiencia de juzgamiento, la fiscal especializada en Violencia de Género, Nancy Pesántez, demostró la existencia de la infracción así como la responsabilidad del procesado con el testimonio de la víctima, quien a sus 4 años y 11 meses de edad identificó al agresor e indicó lo que le obligó a hacer.
Una pericia psicológica determinó que la niña tiene una afectación debido a la agresión sexual que sufrió. También, se expuso las pericias de entorno social y familiar de la niña, donde se determinó que el agresor era parte su entorno y la pericia de trabajo social reveló su difícil situación económica. Además, la madre de la niña dio su testimonio ante el Tribunal y narró lo ocurrido, así como los agentes que participaron en la investigación.
Información jurídica:
Este ciudadano fue sentenciado según lo determina el artículo 171, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, se tomaron en cuenta circunstancias agravantes como cometer el delito usando violencia, amenaza o intimidación y que la víctima sea menor de 10 años.
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