Imagen de boletín: Sentenciado a 11 años de prisión como cómplice de asesinato

Sentenciado a 11 años de prisión como cómplice de asesinato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 308-DC-2023

Imagen de boletín: Sentenciado a 11 años de prisión como cómplice de asesinato

Ambato (Tungurahua), 31 de marzo de 2023.- Por la muerte de un ciudadano en el interior del Mercado Mayorista de Ambato –y con base en las pruebas justificadas por Fiscalía–Tribunal de Garantías Penales declaró culpable José Gregorio A. H., como cómplice del crimen y lo sentenció a una pena privativa de libertad de once años y siete meses.

El fallo incluye una reparación integral de 20.000 dólares a favor de los familiares de la víctima.

En la audiencia de juicio, el fiscal de personas y garantías, Édison Villegas, presentó como pruebas ante el Tribunal: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, el parte policial, versiones, la autopsia médico-legal practicada a la víctima, que determina una muerte violenta causada por proyectil de arma de fuego; testimonios, el informe de levantamiento de cámaras de vigilancia, entre otros.

Los hechos

Ocurrió la tarde del 1 de junio de 2022 en la Nave 1 del Mercado Mayorista de Ambato. La víctima y su jefa habían salido de cerrar su bodega y la mujer le encargó a su trabajador una mochila con 12.000 dólares en cheques y 3.000 dólares en efectivo.

En el transcurso de salida fueron interceptados por tres hombres: forcejearon, lo amedrentaron y le arrancharon la maleta, propinándole un disparo, que provocó su muerte inmediata.

En los exteriores del mercado los esperaba José Gregorio A. H., con quien tomaron contacto luego del crimen.

El hoy sentenciado fue capturado por medio de seguimientos y vigilancias, a través de las cámaras de seguridad públicas y privadas aledañas al sector.

Información jurídica

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque se sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, su participación como cómplice está establecida en el artículo 43 del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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