Fiscalía logró que se ratificara la prisión preventiva para tres procesados por uso doloso de documento falso
Quito, 9 de julio del 2014.- El juez Jaime Vayas acogió el pedido de Fiscalía y ratificó la prisión preventiva contra A.J. y J.V., por su presunta responsabilidad en el delito de uso doloso de documento privado falso. Este lo habrían entregado en el momento de ofrecer cobertura de seguro a dos hidroeléctricas del país.
Además, por el grave estado de salud de J.O.R., el Juez solicitó que un perito oncólogo revise al procesado para que, a través de un informe certificado, se pueda emitir el arresto domiciliario correspondiente.
La audiencia de revisión de medidas se realizó la tarde de este miércoles 9 de julio en el Juzgado Sexto de Garantías Penales de Pichincha. El fiscal asignado, Alejandro Alemán, rechazó el pedido de la defensa, por considerar que existen serios indicios de responsabilidad penal en este caso.
Los hechos ocurrieron en el periodo de junio a septiembre del 2013, cuando los procesados habrían entregado documentación, presumiblemente fraudulenta, que dejó a dos hidroeléctricas sin cobertura de seguro durante dos meses.
En este caso existen cuatro procesados quienes habrían dado las directrices sobre cómo negociar con las empresas intermediarias que ofertaban los servicios de seguros.
Por ende serían quienes, vía correo electrónico, remitieron los documentos sin respaldo para que sean entregados ante la empresa estatal.
Según el informe de la Contraloría General del Estado y de la Intendencia de Seguros Privados, la empresa no tenía autorización para amparar los bienes de la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec-EP) Es decir, a las hidroeléctricas Paute y Agoyán, las mismas que habrían sido perjudicadas por dos meses sin cobertura de seguro.
Datos:
El 19 de febrero se inició la instrucción fiscal, con la audiencia de formulación de cargos en contra de A.J., quien se encuentra con prisión preventiva.
El delito de uso doloso de documento privado falso se encuentra tipificado y sancionado por los artículos 340 y 341 del Código Penal y que contempla una pena de uno a cinco años de reclusión