Imagen de boletín: Fiscalía obtiene nulidad en caso de muerte por accidente de tránsito y reformulará cargos contra el procesado por muerte culposa causado en estado de embriaguez y muerte culposa, en concurso ideal de infracciones

Fiscalía obtiene nulidad en caso de muerte por accidente de tránsito y reformulará cargos contra el procesado por muerte culposa causado en estado de embriaguez y muerte culposa, en concurso ideal de infracciones

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 112-DC-2023

Imagen de boletín: Fiscalía obtiene nulidad en caso de muerte por accidente de tránsito y reformulará cargos contra el procesado por muerte culposa causado en estado de embriaguez y muerte culposa, en concurso ideal de infracciones

Quito (Pichincha), 07 de febrero de 2023.- Luego de analizar los argumentos expuestos por la Fiscalía General del Estado, se declaró la nulidad a costa de la Jueza que no aceptó el pedido de reformulación de cargos en contra de un ciudadano que causó la muerte de una persona en un accidente de tránsito.

En el hecho investigado, tomando en cuenta los elementos de convicción recabados hasta el momento, se formuló cargos contra Danny C. por muerte culposa; sin embargo, tras la práctica de las diligencias correspondientes –entre estas una pericia técnica retrospectiva de alcoholemia– se determinó que el conductor se encontraba en estado de embriaguez, por lo cual el fiscal del caso, Paúl Villarreal, solicitó la reformulación de cargos.

La pericia fue solicitada ya que la prueba inicial de alcotest se realizó 2 horas y 2 minutos después de ocurrido el accidente, con resultado (0.24 G/L), según el parte de accidente de tránsito. Pero con la pericia técnica retrospectiva de alcoholemia ordenada por Fiscalía, se determinó que a la hora del accidente el procesado contaba con 0.54 g/l., lo que habría sido la causa de la perdida de pista y posterior volcamiento que causó la muerte de quien lo acompañaba en el vehículo.

No obstante, la Jueza que llevaba la causa no aceptó el pedido y continuó con el desarrollo del proceso penal hasta la audiencia de juicio, cuando una nueva juzgadora analizó la solicitud de Fiscalía y señaló la nulidad de todo lo actuado desde la audiencia de reformulación de cargos.

La resolución señala que “no le corresponde al juez oponerse a la formulación o reformulación de cargos, que es una prerrogativa constitucional exclusiva que mantiene Fiscalía. Esto es: ejercer la acción penal pública cuando tenga los elementos de convicción suficientes sobre la existencia de la infracción y de la responsabilidad de la persona procesada”.

 

 

 

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