Dos condenados a 9 años de prisión por robo agravado

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 090-DC-2023

Imagen de boletín: Dos condenados a 9 años de prisión por robo agravado

Cayambe (Pichincha), 30 de enero de 2023.- El robo con violencia que se produjo dentro de un centro comercial situado en el cantón Cayambe tiene responsables y ya fueron sentenciados: Cristian M. y Ricki P.

Fiscalía probó –en la audiencia de juicio– que ambos participaron en calidad de autores en dicha conducta delictiva, logrando que un Tribunal de Garantías Penales les imponga una pena agravada de nueve años y cuatro meses.

En su alegato, el fiscal del cantón Cayambe, Marco Naranjo, narró que la madrugada del 5 de abril de 2022, los procesados ingresaron abruptamente al centro comercial, agrediendo a quien cubría el turno de amanecida como guardia de seguridad: no solo lo agredieron, sino que también le dispararon, pero afortunadamente los proyectiles le llegaron en el chaleco antibalas. Para neutralizarlo, los antisociales lo maniataron.

Con el guardia inmovilizado, los ya sentenciados entraron a un dormitorio en el que descansaba una pareja. Empleando un arma de fuego y un cuchillo, les obligaron a entregar 1.500 dólares que correspondían al cobro de los arriendos de los locales comerciales, así como un lote de joyas valorado en 3.000 dólares.

Cristian M. y Ricki P. no actuaron solos. Con ellos estaban al menos otras cuatro personas, quienes lograron escapar cuando se ejecutó un operativo policial.

Práctica de la prueba

Por estos hechos, los procesados fueron procesados penalmente hasta llegar a la etapa de juicio. El fiscal Marco Naranjo expuso prueba testimonial, pericial y documental con la que destruyó la presunción de inocencia de Cristian M. y Ricki P.

Los testimonios de las víctimas fueron clave para obtener la sentencia, pues reconocieron a los procesados como quienes los agredieron la madrugada del asalto. Además, el Fiscal presentó el testimonio de los agentes policiales que aprehendieron a los acusados.

El Tribunal Penal también valoró el hallazgo de una prenda de vestir que, tras ser cotejada con las imágenes de un video de una cámara de seguridad, reveló que guardaba coincidencias visuales con una que portaba Cristian M. la madrugada en que ocurrió el asalto.

El chaleco antibalas que llevaba puesto el guardia de seguridad también fue periciado, determinándose que tenía impactos de proyectiles.

Con estas pruebas, los jueces impusieron la pena máxima del delito de robo con violencia. Además, consideraron las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 47, numerales 5, 11 y 14, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “cometer la infracción con participación de dos o más personas; cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad y afectar a varias víctimas por causa de la infracción”.

Información jurídica

Los procesados fueron sentenciados sobre la base del artículo 189, inciso primero, del COIP: “Robo.- La persona que, mediante amenazas o violencias, sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.

 

 

 

 

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