Por abusar sexualmente a su hijastra, deberá cumplir 7 años de prisión

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 957-DC-2022

Imagen de boletín: Por abusar sexualmente a su hijastra, deberá cumplir 7 años de prisión

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 21 de diciembre de 2022.- Siete años de prisión es el castigo que recibió Édgar Wilfrido B. por abusar sexualmente a su hijastra.

La víctima tiene ahora 19 años, pero el recuerdo de las agresiones sufridas desde que tenía 13 perduran.

Fiscalía procesó al hombre y lo llevó a juicio. En esta etapa procesal, un Tribunal Penal de Santo Domingo de los Tsáchilas lo encontró culpable, con base en las pruebas presentadas por la fiscal de Violencia de Género No. 3, Gabriela Gende.

El testimonio anticipado de la víctima, el examen médico-legal, la pericia de entorno social rendido por peritos de Fiscalía, el testimonio del perito psicólogo del Consejo de la Judicatura, de la psicóloga de la Fundación Fasca y de agentes de la Dirección Nacional de Policía Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) sirvieron para probar la responsabilidad de Édgar Wilfrido B. en las agresiones sexuales.

Los hechos, según la acusación fiscal, se dieron cuando joven tenía apenas 13 años. El procesado aprovechaba que la madre salía de casa o que estaba dormida para cometer el delito.

En varias oportunidades, la niña alertó a su progenitora de lo que estaba ocurriendo, pero en respuesta ella recibía incredulidad y castigos. Para evitar su revictimización, ella fue ingresada a una casa de acogida de la provincia.

Ahora, a sus 19 años, sus ojos ven cómo su agresor es sentenciado y que el delito del que fue víctima no quedó en la impunidad.

Información jurídica

Fiscalía obtuvo sentencia por el delito de abuso sexual, tipificado en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal: “cuando la víctima sea menor de 14 años de edad o con discapacidad; cuando la persona no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o si la víctima, como consecuencia de la infracción, sufra una lesión física o daño psicológico permanente o contraiga una enfermedad grave o mortal, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años”.

 

 

 

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