Corte Provincial dicta sentencia de 13 años de prisión por abuso sexual
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 756-DC-2022
Portoviejo (Manabí), 04 de octubre de 2022.- Tribunal de Apelación de la Corte Provincial de Justicia de Manabí acogió el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General del Estado y dictó sentencia de trece años y cuatro meses de pena privativa de libertad para Francisco L., como autor del delito de abuso sexual cometido contra su hijastra.
En su sentencia, los magistrados señalaron que los elementos de prueba no fueron valorados correctamente por el Tribunal de juicio, que había ratificado el estado de inocencia del procesado, decisión que fue dejada sin efecto.
Los hechos investigados por Fiscalía fueron puestos en conocimiento de la Institución a través de un parte policial, en el que se señala que una niña de 12 años acudió a la Unidad de Policía Comunitaria del cantón Montecristi a pedir ayuda, porque su padrastro había abusado sexualmente de ella.
De inmediato se oficiaron las primeras diligencias y luego de contar con los elementos de convicción suficientes, se formularon cargos en contra del agresor, quien fue detenido dentro del tiempo de flagrancia.
El Fiscal del caso informó que los hechos se produjeron el 9 de octubre de 2021. Según el testimonio anticipado de la víctima, ella ingresó al domicilio que compartía con su padrastro y su madre (quien tiene discapacidad intelectual) para confirmar que su hermano menor haya comido y tomado su medicina. Ese momento fue aprovechado por el agresor (su padrastro), quien se encontraba en estado etílico, para cometer el delito.
A esa prueba, se sumaron los testimonios del padre de la víctima y de los agentes que participaron en la aprehensión del agresor. Además, se presentó el informe de la valoración psicológica (que señala que la niña presenta crisis de angustia a consecuencia del hecho).
También se presentaron los informes de entorno social, que determinó características disfuncionales y negligentes; y, el de reconocimiento del lugar de los hechos.
Luego de valorar nuevamente las pruebas presentadas, el Tribuna de la Corte Provincial señaló que Fiscalía cumplió con su trabajo bajo el principio de objetividad y que existieron los elementos de prueba para que se dicte sentencia.
Información jurídica
Este caso fue investigado y sancionado como un abuso sexual, delito que se encuentra tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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