Sentenciado a 4 años de cárcel por atentado al pudor

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 735-DC-2022

Sentenciado a 4 años de cárcel por atentado al pudor

Quito (Pichincha), 29 de septiembre de 2022.- Un Tribunal de Garantías Penales de Pichincha sentenció a Miguel Angel C. E. a cuatro años de reclusión mayor ordinaria por el delito de atentado al pudor, cometido en contra de una adolescente de 13 años.

Los jueces también resolvieron que el Ministerio de Salud Pública brinde tratamiento terapéutico a la víctima.

En la audiencia de juicio, el fiscal especializado en Violencia de Género, Galeano Balcázar, expuso que los hechos ocurrieron entre los meses de junio y julio de 2011, en el sector Granilandia, norte de Quito. La víctima solía visitar a su abuela y cuando se quedaba a dormir en el sillón de la casa, Miguel Angel C. E. –con pretextos de que necesitaba salir al baño en horas de la noche– se acercaba y tocaba sus partes íntimas.

Tras haber cometido el delito, el victimario la amenazaba e intimidaba, recalcándole que si contaba lo sucedido “la mataría”.

Los padres descubrieron el hecho, después de que la adolescente se autolesionara los brazos y le contará al psicólogo lo que el conviviente de su abuela le había hecho.

Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad penal del procesado con contundentes elementos probatorios, entre los que se incluyen: el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de la madre de la adolescente, de los psicólogos y de la trabajadora social, además de los informes de valoración médica, psicológica y de entorno social.

Información jurídica

Este delito, cometido antes de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (agosto de 2014), fue sentenciado con la aplicación del artículo 504.1 del Código Penal anterior. Actualmente, esta conducta se encuentra descrita y sancionada en el artículo 170 del COIP.

 

 

 

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