Sala Penal rechazó el recurso de nulidad solicitado por procesados en el caso Coopera
Cuenca, 02 de mayo de 2014.- El recurso de nulidad planteado por 6 procesados como presuntos participantes en delito de lavado de activos del caso Coopera fue rechazado por la Segunda Sala Especializada de lo Penal y Tránsito del Azuay.
Durante la audiencia, efectuada el 2 de mayo del 2014, la defensa de los procesados solicitó la nulidad del auto de llamamiento a juicio, dictado en marzo del 2014, por el Juez Primero de Garantías Penales del Azuay, Jorge Verdugo.
La defensa de los venezolanos Y.C.M. y J.M.G. argumentó que ellos fueron vinculados de manera extemporánea en el proceso. Sin embargo, el fiscal Carlos Jerves manifestó que se respetaron los plazos. Esto fue acogido por la Sala.
La defensa de los procesados M.V.V. y M. V. G. indicó que solicitan la nulidad debido a que su caso es similar al que motivó la nulidad a favor de los venezolanos Y.C.M. y J.M.G. Ante esto la Fiscalía indicó que la Sala ya se pronunció sobre esto en una ocasión anterior. Además no fue motivado como causal de nulidad. El argumento de Fiscalía fue ratificado por la Sala.
En el caso de A. C. L., su abogada argumentó que no fue debidamente atendido por la Fiscalía el requerimiento para la práctica de una pericia informática a la seguridad del Sistema Único de Compensación Regional de Pagos (SUCRE).
Al respecto, Fiscalía sostuvo que oportunamente fue designado y posesionado el perito para la práctica de la experticia solicitada y que el incumplimiento de la misma no era imputable a la Fiscalía sino a la defensa técnica. La Sala ratificó lo dicho por la Fiscalía con base en la documentación exhibida durante la audiencia.
C.A.S., a través de su abogado, motivó su requerimiento argumentando de no se habría excluido como prueba el informe de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y que se habría violentado su derecho a la defensa, al no recibirse una versión que se había solicitado.
Fiscalía y la Sala coincidieron en que el primer punto ya había sido analizado y que la omisión indicada no motivaba la nulidad solicitada.
Con lo antes expuesto, la Sala ratificó la validez procesal en este caso.