Ratificada orden de prisión para procesado por lavado de activos

Quito, 28 de abril del 2014.- Luis Araujo Pino, presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, ratificó la orden de prisión preventiva en contra de F.E.M., quien junto con otras cuatro personas están procesados por su presunta participación en el cometimiento del delito de lavado de activos.

Los abogados del procesado interpusieron ante esta Presidencia la acción de amparo de libertad a favor de su defendido, al aducir que tanto el juez de primera instancia  (Jueza de la Unidad de Flagrancias de Garantías Penales de Pichincha) como los de segunda instancia (Tribunal de la Sala Única Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha) violentaron la norma constitucional y tratados internacionales en contra de su cliente.

Durante la diligencia del lunes 28 de abril, el fiscal de la causa, Patricio García, ratificó la necesidad de mantener la orden de prisión preventiva, para garantizar la presencia de F.M., durante las diferentes etapas del proceso que seinició el 19 de febrero del 2014.   

García manifestó que “existe un latente peligro de fuga del procesado, por no justificar debidamente su  arraigo social”. Indicó que ni en el Registro de la Propiedad ni en la Agencia Nacional de Tránsito, F.M. no registra ningún bien mueble o inmueble a su nombre.

Además, dijo que no hay garantía que el procesado acuda libre y voluntariamente para las investigaciones que lleva adelante la Fiscalía. Mencionó que en ninguna parte de los 113 cuerpos del proceso se registra alguna versión de F.M.“Sus abogados siempre están dilatando las diligencias”, indicó García.

El Fiscal insistió que mantener la medida cautelar de carácter personal en contra del procesado es importante porque garantizará la administración de justicia en este caso.

De las investigaciones de Fiscalía, se estableció que F.M. fue representante legal de una compañía de seguros entre el 2006 y el 2012. En este período se habrían desviado alrededor 8 millones de dólares de esa empresa, a través de la apertura de cuentas en un banco de Miami, utilizando una empresa panameña, de la cual serían socios el procesado, su esposa e hijo, quienes también son investigados. 

El titular de la Corte desechó el pedido de la defensa,  amparado en el Art. 167 del Código de Procedimiento Penal, que se relaciona con la prisión preventiva.

Araujo dijo que la decisión de la juez de primera instancia, Libia Alarcón Frías, de la Unidad de Flagrancia de Garantías Penales de Pichincha, no viola ninguna norma Constitucional o tratados internacionales, que perjudique al procesado. Esta medida también fue ratificada por los jueces Santiago Acurio del Pino, José Miguel Jiménez y Wilson Lema Lema, al rechazar el pedido de apelación a la orden de prisión preventiva.