Adulto mayor sentenciado a 29 años de prisión por violación a una adolescente
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 099-DC-2022
Cuenca (Azuay), 08 de febrero de 2022.- La Fiscalía General del Estado demostró la responsabilidad de Manuel Salvador A., de 73 años, como autor de la violación a una adolescente, de 13 años. El Tribunal Penal lo sentenció a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad y al pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
En la audiencia de juicio, finalizada el martes 8 de febrero, la fiscal Doris Jiménez informó que la noche del 20 de abril de 2021, cuando la víctima salió al patio de su domicilio, en la parroquia Ricaurte de Cuenca, el agresor y tío abuelo de la víctima, Manuel Salvador A., le dijo que la madrina de ella necesitaba que vaya a su casa, que está situada a varios metros.
La adolescente decidió ir y en el trayecto Manuel Salvador A. la empujó hasta una casa deshabitada, donde la violentó sexualmente. Luego la amenazó que si contaba lo sucedido iba a hacer que su papá se quede sin trabajo y le dio dinero.
La mamá y hermana de la adolescente notaron su desaparición y salieron a buscarla, la encontraron llorando, por lo que le preguntaron qué le había sucedido, pero ella se negaba a contarles los hechos. Ellas le insistieron y le presionaron hasta que la víctima confesó la verdad.
El hecho fue reportado al ECU 911 y el agresor fue detenido, mientras que la víctima fue trasladada a un hospital, donde la internaron.
Fiscalía presentó, como principales elementos probatorios: el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de su mamá y hermana, de los agentes de Policía que tomaron procedimiento, de la médico y psiquiatra que atendieron a la víctima en la casa de salud, así como de los peritos que realizaron la prueba de ADN y las valoraciones psicológicas y de trabajo social.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sancionado con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso los jueces consideraron circunstancias agravantes de la infracción.
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