3 detenidos son procesados por el delito de robo, que habrían cometido bajo la modalidad ‘sacapintas’

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 052-DC-2022

3 detenidos son procesados por el delito de robo, que habrían cometido bajo la modalidad ‘sacapintas’

Quito (Pichincha), 24 de enero de 2022.- Los presuntos delincuentes portaban dos armas de fuego y dieciséis municiones. Esos habrían sido los instrumentos que emplearon para atacar a una mujer que planeaba depositar 2.750 dólares en una entidad financiera.

Tras la detención de Richard V., José C. y Julio G., Fiscalía formuló cargos en su contra por una presunta participación en el delito de robo bajo la modalidad “sacapintas”.

Blanca Avilés, fiscal de turno en la Unidad de Flagrancia de Quitumbe, presentó ante el Juez los elementos de convicción para sustentar su teoría del caso.

Según manifestó durante la audiencia de calificación de flagrancia, los presuntos antisociales habrían tenido conocimiento de la transacción bancaria que iba a hacer la víctima.

Tras haberla golpeado con un arma de fuego, Richard V. le arranchó el dinero e ingresó a un taxi para darse a la fuga, mientras que José C. intentaría escapar en una motocicleta.

La fiscal Avilés expuso la versión de la víctima y de una testigo del asalto, quienes identificaron a los procesados como los presuntos autores del delito.

Asimismo, el Juez conoció sobre las dos armas de fuego y el dinero en efectivo hallados en poder de los sospechosos.

Para Richard V. y José C. se aplicó la medida de prisión preventiva, solicitada y motivada por Fiscalía; mientras que Julio G. deberá cumplir con presentaciones periódicas todos los lunes, miércoles y viernes. Por orden judicial, él tampoco podrá abandonar el país.

El Juez también aceptó las medidas de protección solicitadas por Fiscalía, contempladas en el artículo 558, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “prohibición a la persona procesada de acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren. Prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros”.

La instrucción fiscal durará treinta días.

Información jurídica

Fiscalía formuló cargos con base en el artículo 189, inciso primero, del COIP.

 

 

 

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