22 años de prisión como responsable del delito de violación incestuosa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 967-DC-2021

22 años de prisión como responsable del delito de violación incestuosa

Valencia (Los Ríos), 18 de octubre del 2021.- El Tribunal Segundo de Garantías Penales de Quevedo sentenció a veintidós años de pena privativa de libertad a Antonio Geremías M. Q., luego de que se demostrara su responsabilidad en el delito de violación incestuosa, perpetrado contra su hija, con quien llegó a procrear una niña.

Los hechos se registraron en Valencia, parroquia El Vergel, en el sector La Cadena, dentro de una hacienda bananera donde trabajaban y vivían la víctima y sus padres. La adolescente que –a la fecha de los hechos tenía 13 años– presentó algunos malestares físicos, por lo que su tía la llevó a un subcentro de salud. En el sitio, el médico determinó que se encontraba en estado de gestación.

La adolescente rompió el silencio y contó a su tía que era víctima de su progenitor desde hace algún tiempo, por lo que se presentó una denuncia ante Fiscalía, el 14 de marzo de 2013.

Sin embargo, la Policía perdió la pista del agresor y de su madre, quienes abandonaron a la adolescente a su suerte, por lo que se trasladó a vivir con su tía. Tras varias pericias y diligencias desarrolladas dentro del caso, se logró la captura de Antonio Geremías M. Q., a quién se le formularon cargos el 3 de noviembre del 2020.

Durante la audiencia de juzgamiento, el fiscal Cristian Montoya presentó como pruebas ante el Tribunal: la pericia genética, que determinó que el padre de la niña que esperaba su hija es el padre de la víctima; el testimonio anticipado de la víctima a la fecha de perpetrados los hechos y los informes investigativos del caso.

Los jueces María Elena Tobar, Melvin Zamora y Néstor Peñafiel dictaron la sentencia condenatoria y dispusieron el pago de una reparación integral en favor de la víctima por el valor de 100 salarios básicos unificados, además del tratamiento psicológico para la joven.

Información jurídica

Antonio Geremías M. Q. fue procesado por el delito de violación incestuosa, dispuesto en el artículo 179, numeral 1, del Código Orgánica Penal (COIP), aplicando el principio de favorabilidad, debido a que el delito se perpetró cuando se encontraba en vigencia el Código Penal, que sancionaba al delito de violación con una pena de dieciséis a veinticinco años, por lo que el Tribunal acogió el pedido de Fiscalía y le impuso veintidós años de privación de libertad.

 

 

 

 

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