3 sentenciados a 13 años de prisión por lavado de activos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 906-DC-2021

3 sentenciados a 13 años de prisión por lavado de activos

Quito (Pichincha), 29 de octubre de 2021.- En la audiencia de juzgamiento que finalizó el martes 28 de septiembre de 2021, la Fiscalía General del Estado presentó los medios probatorios necesarios para demostrar la responsabilidad de los procesados y que un Tribunal de Garantías Penales del Pichincha dicte condena por el delito de lavado de activos contra Miguel Ángel B. C, Jose Cristóbal B. C y Wilton Rosendo G. C., quienes deberán cumplir una pena privativa de libertad de trece años cuatro meses.

Además, la sentencia contempla el pago del duplo del monto que se pretendía lavar, es decir, el valor de 82.400 dólares, que deberá ser asumido por los tres ciudadanos.

El proceso penal inició en 2018. Como parte de una investigación por presuntos delitos de narcotráfico se obtuvieron las autorizaciones legales por parte de Juez competente para proceder con escuchas telefónicas, mismas que determinaron la presencia de tres personas en un vehículo en el que se habría estado transportando dinero para actividades ilícitas.

De inmediato se ejecutó un operativo que permitió la detención del automotor en el que se transportaban 41.200 dólares. El dinero estaba escondido distribuido en dos partes: 37.220 dólares en el filtro de aire del motor y el resto en la cabina.

En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso informó que el dinero era producto de actividades narcodelictivas y que sería destinado para la compra de combustible, que a su vez sería utilizado para el envío de drogas hasta Centroamérica en lanchas rápidas.

Esto fue confirmado a través de la presentación de pruebas como: los testimonios de los agentes investigadores a cargo de las unidades especializadas de la Policía Nacional, de los agentes que procedieron con la aprehensión, del informe de levantamiento de evidencias y análisis de llamadas telefónicas de los teléfonos celulares y otras evidencias que se encuentran bajo cadena de custodia.

Durante la diligencia, los procesados no pudieron justificar la licitud de los fondos encontrados en su poder, razón por la cual fueron sentenciados, con base en lo dispuesto en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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