Fiscalía argumentará que en caso “Las Dolores” no existe violación a la garantía de “cosa juzgada”

Quito.-La Fiscalía General del Estado presentará sus argumentos para demostrar que el presunto delito de ejecución extrajudicial como grave violación a los derechos humanos  que se investiga dentro del caso “Las Dolores”, no fue conocido ni judicializado en las instancias de justicia del Ecuador.

El tema se resolverá en audiencia para analizar y resolver la cosa juzgada (principio de non bis in ídem), que se desarrollará en la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, el 20 de enero del 2014 a las 08:30.

El caso “Las Dolores” trata de la muerte de ocho personas y la desaparición de tres ciudadanos como consecuencia de un operativo policial realizado en Guayaquil, el 19 de noviembre del 2003, en el local de la farmacia ubicada en la ciudadela La Alborada.

Las consecuencias del operativo policial ejecutado por 20 efectivos policiales, es  investigado por la Dirección de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado (DCVDH-FGE), al ser considerado grave violación a los derechos humanos.

La defensa de tres de los 32 procesados en este caso solicitó que se resuelva incidente de cosa juzgada o prohibición de doble juzgamiento de una misma causa,  porque el operativo “Las Dolores” ya fue conocido por la extinta Segunda Corte Distrital de la Policía Nacional donde fueron sobreseídos.

Sin embargo, cabe recordar que en 2004, en base a un informe emitido por la Inspectoría General del Policía, la Segunda Corte Distrital de la Policía Nacional abrió un proceso contra los 20 uniformados que actuaron en el operativo.

La causa se siguió por delitos contra la existencia y seguridad de la Policía Nacional, mal procedimiento policial, uso irracional de la fuerza y las armas y, a pesar de todas las evidencias y los informes técnicos, la Segunda Corte integrada por los jueces, que también eran policías, sobreseyó  a todos los procesados.

 A esto se añade que la muerte de las ocho personas en el local, la desaparición hasta la actualidad de otros 3 ciudadanos no se judicializó.

Datos:

·        La audiencia de formulación de cargos se realizó el 14 de noviembre del 2013, el juez de la Sala Especializada de lo Penal, Jorge Blum Carcelén, dictó prisión preventiva para 20 policías, entre activos y pasivos, más la prohibición de enajenar bienes hasta por 100.000 dólares, además de la prohibición de salida del país para otros 11, inició la instrucción fiscal en el caso “Las Dolores”.

·        La DCVDH-FGE el 17 de enero de 2012 inició la indagación previa para reabrir el caso “Las Dolores”, como una respuesta de la administración de Chiriboga Zambrano a las denuncias de graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad ocurridos en Ecuador entre 1984 y el 2008.

·        Jorge Blum Carcelén, juez nacional de la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), se excusó el 09 de enero del 2014 de conocer el caso “Las Dolores” porque su padre fue integrante de la Segunda Corte Distrital de la Policía Nacional y emitió voto salvado al sobreseimiento definitivo de los 20 policías procesados en 2004. El caso lo conocerá un conjuez de la Sala cuya identidad se conocerá en los próximos días.

·        Cosa juzgada significa que un proceso ya fue conocido por la justicia, es decir, ya fue procesado.