Sala Penal ratifica sentencia condenatoria para adolescente, autor de violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 721-DC-2021
Orellana (Francisco de Orellana), 30 de julio de 2021.- La amonestación de siete años de internamiento institucional, como medida socioeducativa impuesta a un adolescente de 15 años (a la fecha de cometido el delito) en sentencia condenatoria, fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Orellana.
El adolescente fue hallado culpable como autor directo del delito de violación, perpetrado de forma sistemática contra un niño de 11 años, entre el 26 de octubre de 2017 y el 15 de julio de 2018, cuando salían en las noches a jugar a las canchas de fútbol de la localidad donde vivían, en el cantón Loreto, provincia de Orellana.
Bajo amenazas de muerte, el agresor sometía sexualmente a la víctima (su amigo de juego), al que trasladaba a lugares desolados cuando acababan los partidos.
Un día, la madre de niño encontró la ropa interior de su hijo manchada de sangre y lo llevó al médico, donde confirmó el delito cometido en él y, además, se descubrió el brote de una enfermedad de transmisión sexual.
El argumento de la defensa, en audiencia de apelación a la sentencia condenatoria, fue que el adolescente no agredió sexualmente al niño, sino que lo hizo un familiar de la víctima, y que el niño se lo contó.
“Entre procesado y víctima había una amistad juvenil. Por ello se mantuvieron confianza propia de compañeros de estudios y de juegos. En este contexto, el adolescente aprovechó la ingenuidad de su amigo para llevarlo a diferentes lugares, donde comete el delito bajo amenazas de muerte, entonces guardó silencio”, explicó el fiscal Pío Palacios.
Y se corrobora con el testimonio anticipado tomado en cámara de Gesell, donde la víctima mencionó el nombre del adolescente para identificar al agresor. El Fiscal detalló a la Sala Penal otras pruebas que terminaron con la presunción de inocencia del procesado: los testimonios de los y las expertas que practicaron la pericia proctológica, de entorno social, psicológico, reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras.
“En los delitos sexuales, la jurisprudencia y la doctrina admiten que es muy raro la existencia de testigos presenciales ya que lo efectúan a solas, con mucha reserva y, sobre todo, cuidándose de la presencia de personas que puedan testificar”, acotó el fiscal.
Los jueces de segunda instancia también ratificaron la entrega de 2.000 dólares como reparación integral, que debe entregar el adolescente sentenciado.
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