Sentenciados por trata de personas con fines de prostitución y pornografía infantil

Sentenciados por trata de personas con fines de prostitución y pornografía infantil

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 627-DC-2021

Sentenciados por trata de personas con fines de prostitución y pornografía infantil

Guayaquil (Guayas), 3 de julio de 2021.- Fiscalía obtuvo sentencias condenatorias contra tres integrantes de una banda delictiva dedicada a la trata de personas con fines de prostitución y pornografía infantil, que reclutaba adolescentes y las obligaban a tener relaciones sexuales al interior de un motel ubicado en el Guasmo Sur, en el suroeste de Guayaquil.

La fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Yoli Pinillo Castillo, presentó como pruebas: las direcciones IP de computadores y celulares incautados, las  pericias de redes sociales de los dispositivos electrónicos, los informes de vigilancia autorizada por autoridad competente, las pericias de audio y video a las cámaras de seguridad del motel y residencia de los procesados, y los informes de las unidades Antisecuestro y Extorsión (Unase) y especializada en Niños, Niñas y Adolescentes, (Dinapen), de la Policía Nacional.

A ello agregó las valoraciones médicas, ginecológicas y complementarias, y las pericias de entorno social practicadas a las cuatro víctimas, además de su testimonio anticipado y el de sus madres.

A esto se agregaron los testimonios de veinticinco personas, entre agentes investigadores y aprehensores, peritos médicos, psicólogos y trabajadora social.

Los jueces del Tribunal Penal, Felipe Sarmiento, José Cañizares y Diógenes Cueva, acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y emitieron las respectivas sentencias: para Julio Brayan L. T. y Sharyn Briggitte S. A., en el grado de autor y coautora, respectivamente, veintiún años y cuatro meses de prisión.

Además, cada uno deberá pagar una multa de 400 salarios básicos unificados (160.000 dólares) y una reparación integral de 10.000 dólares a cada víctima.

Mientras que Mauro Antonio S. R. fue condenado, en el grado de cómplice, a la pena privativa de libertad de ocho años y al pago de una multa de 100 salarios básicos del trabajador (40.000 dólares) y de 3.000 dólares a cada una de las víctimas como reparación integral.

Para Jose Antonio O. Ch., los jueces ratificaron el estado de inocencia, al no encontrar responsabilidad penal ni participación en los hechos.

Contexto

Fiscalía junto a la Unase y Dinapen ejecutaron varios operativos en Guayaquil, donde –según denuncias presentadas en mayo de 2020– un grupo delictivo se dedicaba al reclutamiento de adolescentes y mujeres jóvenes, a través de redes sociales como Messenger y Facebook, con promesas de trabajo.

Una vez que enganchaban a las víctimas, les ofrecían remuneraciones de hasta 200 dólares diarios y acordaban recogerlas en sus domicilios para llevarlas al lugar de trabajo: las trasladadan a un motel y las obligaban a tener relaciones sexuales con desconocidos, mientras las filmaban en las habitaciones, para amenazarlas con el envío de los videos a sus familiares y exponerlos en redes sociales, si denunciaban los hechos.

Una vez determinados los lugares y las residencias desde donde operaban los procesados, el 9 de julio de 2020 se ejecutaron varios allanamientos en los que se ubicó e identificó a los autores de estos presuntos delitos, quienes fueron detenidos y puestos a órdenes de las autoridades judiciales.

También, en coordinación con la Gobernación del Guayas, se procedió a la clausura del establecimiento dónde se cometían los hechos.

Fiscalía pudo identificar y rescatar a cuatro víctimas adolescentes agredidas, de 13 a 16 años.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 91, inciso primero y segundo, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito trata de personas con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años, más las agravantes contempladas en el artículo 47, numerales 5 y 11, del mismo cuerpo legal.

 

 

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