Comunicado

COMUNICADO OFICIAL FGE N°015-DC-2021

En relación al toque de queda decretado por el Presidente de la República el pasado miércoles 21 de abril, y la aplicación de artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la Fiscalía General del Estado (FGE) informa a la ciudadanía que:

El artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nro. 1291 dispone la declaración del estado de excepción por calamidad pública en las provincias de Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos, desde las 20:00 del 23 de abril hasta las 23:59 del 20 de mayo, debido al acelerado contagio de COVID-19, la conmoción social producida por la saturación del sistema de salud y el desabastecimiento de medicamentos e insumos médicos.

Durante el estado de excepción rige un toque de queda con restricción absoluta de movilidad, de lunes a jueves, de 20:00 a 05:00; y desde las 20:00 de los viernes (sábado y domingo todo el día) hasta las 05:00 de los lunes, incluido el feriado del 1 de mayo.

En consecuencia, la FGE recuerda a la ciudadanía que, según el artículo 282 del COIP, el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

Quito, 24 de abril de 2021

Fiscalía General del Estado