Marino enfrenta proceso penal como presunto responsable de violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 127-DC-2021

Marino enfrenta proceso penal como presunto responsable de violación

Francisco de Orellana (Orellana), 06 de febrero de 2021.- La Fiscalía de Orellana abrió instrucción fiscal de noventa días contra Jhonny Steven Z. A., cabo de la Fuerza Naval del Ecuador. Fue procesado como presunto responsable del delito de violación.

La audiencia de formulación de cargos se desarrolló en la Unidad Judicial de la Mujer y la Familia, en Francisco de Orellana. El Juez dio paso al pedido del fiscal Óscar Chasiguasin Chango y ordenó prisión preventiva para el procesado. Además, otorgó medidas de protección para las dos presuntas víctimas, de 25 y 30 años.

El delito se suscitó en Aguarico. El marino, de 28 años, conocía a las dos mujeres desde inicios de enero de 2021, cuando llegaron a dicho cantón por cuestiones académicas y laborales.

Se mostró abierto y colaborador con ellas, ganándose su confianza. Hasta que el 31 de enero de 2021 fue a visitarlas al hostal donde se hospedaban, con el pretexto de entregarle a una de las jóvenes la medicina que necesitaba para desinfectarse una herida.

Entonces les habría ofrecido unos dulces, que ellas se sirvieron. Luego habrían perdido el conocimiento.
Según las denunciantes, mientras Jhonny Steven Z. A. perpetraba el delito, su víctima luchó con las pocas fuerzas que tenía para quitárselo de encima. La otra mujer empezó a recobrar el conocimiento y, en medio de su somnolencia, vio el hecho.

Los exámenes médico-legales y las pericias psicológicas determinaron que las dos mujeres fueron víctimas de violación.

Con la denuncia de las víctimas, el fiscal del caso –apoyado por agentes policiales– acudió al Reparto de la Capitanía del Puerto de La Marina de la parroquia Nuevo Rocafuerte, para llevar a Jhonny Steven Z. A. a formulación de cargos e iniciar su procesamiento penal.

Dato jurídico

Fiscalía abrió este proceso penal con base en el artículo 171, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es cometer violación en una víctima privada de la razón o el sentido.

Las medidas de protección son las contempladas en el artículo 558, numerales 2 y 3, del mismo cuerpo legal: prohibición de acercarse a las víctimas o testigos, a través de terceras personas o de realizar actos intimidatorios a las víctimas o a sus entornos familiares.

 

 

 

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