34 años de cárcel para responsable del asesinato de su hijastro

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 122-DC-2021

34 años de cárcel para responsable del asesinato de su hijastro

San Miguel de Los Bancos (Pichincha), 04 de febrero de 2021.- El cuerpo de “Johan”, de 3 años, yacía inmóvil sobre una hamaca. El 17 de diciembre de 2019, la Policía lo encontró sin signos vitales y con rasgos de haber sido maltratado.

La investigación de Fiscalía reveló que el responsable del hecho fue el padrastro del niño. Óscar P. fue capturado ese mismo día, oculto entre los matorrales, cerca de la escena del crimen, en el sector Barrio Nuevo del cantón San Miguel de Los Bancos, provincia de Pichincha.

La fiscal Maribel Vargas, de la Unidad de Gestión de Audiencias, consiguió la condena de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de la libertad para el hombre de 28 años, a quien lo acusó de ser el autor directo del delito de asesinato.

El informe del médico legista, una de las pruebas presentadas por Fiscalía, reveló que el niño murió a causa de una hemorragia ocasionada por un traumatismo craneoencefálico grave por golpes directos en el cuerpo. “Johan” presentaba una discapacidad física del 75% y, según el protocolo de autopsia, también padecía de desnutrición.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó el testimonio de una perito que realizó una evaluación psicológica a Óscar P., que determinó que el acusado presentaba trastornos clínicos de personalidad y síntomas de ansiedad, pero que eso no condicionaba sus actos, según el informe. Por eso, se determinó que actuó con plena voluntad y consciencia.

Otros testimonios, entre ellos el de la madre del niño, corroboraron que Óscar P. tenía la responsabilidad de cuidar a la víctima, mientras ella salía a trabajar.

En la sentencia, ya emitida por escrito, los jueces sentenciaron al procesado por el delito de asesinato, tipificado en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, consideraron las circunstancias agravantes establecidas en el numeral 11 del artículo 47, del mismo cuerpo legal: “cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad”, por lo que su condena aumentó en un tercio.

 

 

 

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