13 años de cárcel por el abuso sexual de una menor con discapacidad
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 110-DC-2021
Cumandá (Chimborazo), 03 de febrero de 2021.- Acogiendo los elementos probatorios presentados por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales, declaró culpable a José M., imponiéndole una pena de privación de libertad de 13 años 4 meses por el abuso sexual de una menor de 15 años con el 55% de discapacidad física.
Además, la sentencia incluye el pago de una multa y reparación integral que serán notificadas en la sentencia escrita.
En la audiencia de juicio, el fiscal Kléver Yantalema relató que los hechos ocurrieron el sábado 1 de Agosto de 2020, en el barrio La Marina del cantón Cumandá. La víctima se quedó sola en casa mientras su padre iba a trabajar.
Aprovechando al soledad de la adolescente, José M. (amigo de la hermana de la víctima) la amarcó y la llevó a una habitación donde la agredió sexualmente.
Mientras el hoy procesado cometía el delito, el padre de la menor regresó.
José M., al percatarse, salió en precipitada carrera del dormitorio para luego ser aprehendido por la Policía Nacional en la subida a Valle Alto del mismo cantón.
Fiscalía demostró la materialidad y la responsabilidad del procesado con pruebas periciales, testimoniales y documentales, como la copia notariada del certificado de discapacidad de la víctima, que acredita 55% de discapacidad física; datos de filiación que establecen su condición de discapacidad; testimonios, el informe médico-legal, el informe psicológico y de entorno social, entre otros.
Dato jurídico
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años, se aplicaron las circunstancias agravantes tipificadas en el artículo 48 del mismo cuerpo legal.
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