Procesada por estafa y extorsión es llamada a juicio

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 044-DC-2021

Procesada por estafa y extorsión es llamada a juicio

Guayaquil (Guayas), 14 de enero de 2021.- Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, el juez de Garantías Penales, Iván López Padilla, dictó auto de llamamiento a juicio a una mujer acusada de estafa y extorsión, que ofrecía supuestas ayudas espirituales y brujería, que habría perjudicado a una de sus víctimas en más de 90.000 dólares.

En la audiencia preparatoria de juicio, desarrollada en la Unidad Judicial Valdivia, la fiscal de la Unidad de Patrimonio Ciudadano, Cecilia Rodríguez Arboleda, presentó como elementos de convicción: los depósitos efectuados en cuentas bancarias, los giros al exterior realizados para los procesados, pago de estadía y pasaje hacía Argentina y la denuncia de la perjudicada.

El Juez dictó auto de llamamiento a juicio en contra de Martha Libertad A. P., disponiendo medidas cautelares a la prisión preventiva, como la presentación ante la autoridad judicial y prohibición de salida del país, mientras que el hijo de la procesada, René Gabriel S. A., fue sobreseído, debido a que no se encontraron elementos que prueben su participación en el hecho, ya que habría actuado bajo disposición de su progenitora.

Contexto

El 20 de septiembre de 2018, Fiscalía inició un proceso investigativo tras la denuncia presentada por la perjudicada, en la que narró haber sido estafada por parte de Martha Libertad A. P., quien se hacía pasar como consejera y especialista en ayuda espiritual, y a quien le habría entregado fuertes cantidades de dinero, depositadas en cuentas bancarias y en giros al exterior, por una suma superior a los 90.000 dólares.

La presunta perjudicada explica en su denuncia que habría aceptado la ayuda de la mujer, ya que pasaba por momentos difíciles en su vida matrimonial, por lo que fue embaucada y engañada para acudir a varias citas. Después de un tiempo, al no ver mejoras en su situación, la denunció a las autoridades.

Ante esto, la procesada habría tratado de extorsionarla, diciéndole que le contaría a su esposo la situación que había conocido en las “terapias”, no sin antes solicitarle más dinero por su silencio.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 185, numerales 3 y 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años de prisión a la persona que, con el propósito de obtener provecho personal obligue a otro con violencia o intimidación a realizar u omitir un acto o negocio en perjuicio de su patrimonio, si se ejecuta con amenazas de muerte, lesión y secuestro y si el hecho se comete total o parcialmente desde el exterior.

 

 

 

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