Se ratifica sentencia de 6 años por abuso sexual cometido en hospital del IESS
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 018-DC-2021
Cuenca (Azuay), 08 de enero de 2021.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay acogió los argumentos de Fiscalía y ratificó la sentencia de seis años y ocho meses de privación de libertad contra José Santiago A., camillero del hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) José Carrasco Arteaga, por abuso sexual contra una paciente.
En audiencia de apelación, desarrollada el 6 de enero, también se confirmó el pago de 4.000 dólares como reparación integral para la afectada.
Ante los jueces, la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género, Katherine Medina, se refirió a los hechos y a las pruebas expuestas en la audiencia de juicio, mismas que demostraron la responsabilidad del sentenciado en el hecho.
José Santiago A. fue detenido en delito flagrante, el 9 de mayo de 2020, luego de que el esposo de la víctima reportó al ECU 9-1-1 que un funcionario de esta casa de salud agredió sexualmente a una paciente.
Horas antes, alrededor de las 14:30, la víctima –quien padece de cáncer– acudió al hospital en compañía de su esposo, debido a que presentaba intensos dolores y era necesario practicarle unos exámenes, por lo que el sentenciado la trasladó en una camilla hasta el área de Rayos X.
Luego de practicarse los exámenes, el ya sentenciado le pidió a la víctima que se acostara de lado en la camilla y aprovechando que únicamente vestía una bata quirúrgica, tocó sus partes íntimas.
La acusación contra José Santiago A. se sustentó en el testimonio de un agente de Criminalística, quien practicó una pericia de audio y video a las imágenes extraídas de las cámaras de seguridad del hospital, en las que se observa una parte de los hechos.
Fiscalía también presentó el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de la trabajadora social y la psicóloga que le brindaron atención, del perito que realizó el reconocimiento del lugar de los hechos y del agente de policía que detuvo al sentenciado.
Dato jurídico
El abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
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