34 años de prisión por el asesinato de su exconviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1183-DC-2020

34 años de prisión por el asesinato de su exconviviente

Guayaquil (Guayas), 21 de diciembre de 2020.- A treinta y cuatro años y ocho meses de prisión fue condenado Martín Wilmer C. J., como responsable del asesinato de su exconviviente, Mariana R. I., perpetrado el 27 de diciembre de 2019, en el sector de la Cooperativa de vivienda Janeth Toral, en el norte de Guayaquil.

Esa noche, el ya condenado, quien se encontraba separado de la mujer desde hace 18 años, fue de visita e ingresó al domicilio, para averiguar el paradero de su actual pareja e hijastra de la víctima, quien se encontraba desaparecida.

Al no obtener información del particular, apuñaló en diez ocasiones a su expareja con un cuchillo, en el tórax, espalda y piernas. Minutos después, intentó suicidarse con la misma arma.

Los familiares que se encontraban presentes en el domicilio quisieron impedir la agresión, pero solo lograron reducir al victimario, quien fue detenido por la Policía Nacional, que se presentó minutos después en el domicilio.

El fiscal de la Unidad de Gestión de Audiencias, José Morales Anchundia, en la audiencia de juicio desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, presentó entre las pruebas: los informes de levantamiento de cadáver, autopsia, de investigaciones de la Dinased y 7 testimonios ante los jueces del Tribunal Penal, quienes evaluaron los hechos perpetrados e investigados por Fiscalía.

Los magistrados Francisco Dávila, Vanessa Vera y Edwin Logroño emitieron sentencia condenatoria contra Martín Wilmer C. J. y, además de la pena privativa de libertad, ordenaron el pago de una multa de 1.333 salarios básicos unificados (533.200) y de 20.000 dólares como reparación integral a los familiares de la víctima.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso según el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), delito que es sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, junto con las circunstancias agravantes indicadas en el artículo 47, numerales 1 y 7, del mismo cuerpo, que incrementaron en un tercio la pena impuesta.

 

 

 

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