5 sentenciados por asociación ilícita para ingreso de artículos prohibidos en CRS
BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1152-DC-2020
Cuenca (Azuay), 11 de diciembre de 2020.- Por su autoría en el delito de asociación ilícita para el ingreso de artículos prohibidos en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) Turi de Cuenca, los exguías penitenciarios Byron Y. y Thalía L., y el expolicía Rolando J. fueron sentenciados a una pena agravada –por su condición de servidores públicos– a seis años y ocho meses de privación de libertad.
Mientras que Blanca Ch. y Adriana S. recibieron una condena de tres años de privación de libertad, durante la audiencia de juicio desarrollada entre el 30 de noviembre y el 10 de diciembre, en el Complejo Judicial de Cuenca.
Ante el Tribunal de Garantías Penales del Azuay, el fiscal de Delincuencia Organizada, Fernando Sánchez, demostró que los tres exservidores públicos –en el ejercicio de sus funciones– y los otros dos procesados eran miembros o brazos ejecutores de una organización delictiva, que obtenía beneficios económicos mediante el ingreso de artículos prohibidos al CRS Turi: droga, celulares, chips, armas de fuego y alcohol.
Durante el testimonio del agente investigador de la Policía, se reprodujeron los principales audios de las interceptaciones de llamadas telefónicas, que evidenciaron que los sentenciados estaban asociados para cometer los hechos ilícitos y que tienen vínculos con organizaciones delictivas que operan a escala nacional.
Asimismo, los jueces observaron los videos de las cámaras de seguridad del CRS Turi, en los que se identifica a los guías penitenciarios en el momento que pretendían ingresar con treinta y nueve chips.
También rindieron sus testimonios los agentes investigadores y peritos de Criminalística, que sustentaron científicamente la identidad de los sentenciados en los audios de las interceptaciones telefónicas. Además, se refirieron a las evidencias levantadas en los allanamientos y a las locaciones donde se desarrollaron diferentes eventos, como el traslado de sustancias estupefacientes.
A esto se sumaron certificaciones de depósitos bancarios, partes policiales, actas de allanamiento, entre otros.
Dato jurídico
Las cinco personas fueron sentenciadas según el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica y sanciona el delito de asociación ilícita: cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Información de contacto:
Dirección de Comunicación Social
comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec
Teléfono: 3985800 Ext. 173123