Se cumplió cuarto día de juicio por presunto lavado de activos contra María Sol L. y otros

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1077-DC-2020

Se cumplió cuarto día de juicio por presunto lavado de activos contra María Sol L. y otros

Quito (Pichincha), 24 de noviembre de 2020.- Casi a la medianoche del 23 de noviembre, concluyó el cuarto día de audiencia de juicio contra la exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), María Sol L., dos ciudadanos más y siete personas jurídicas, procesadas por su presunta participación en el delito de lavado de activos.

Luego de escuchar las pruebas de la defensa y el alegato final por parte de Fiscalía, el Tribunal suspendió la diligencia y señaló su reinstalación para el viernes 27 de noviembre, a las 10:30.

Tras concluir con la presentación de la prueba de cargo por parte de la Fiscalía General del Estado, las defensas de los procesados expusieron, ante los jueces, las pruebas de descargo de María Sol L., su esposo, Marcelo E.; su cuñado, Carlos E.; y, siete personas jurídicas, acusadas por el delito de lavado de activos.

Las pruebas testimoniales y documentales presentadas hasta la semana pasada pretenden demostrar que los procesados obtuvieron, de forma irregular, contratos por aproximadamente 91,1 millones de dólares, entre 2008 y 2018.

Los testimonios, pericias y documentos presentados determinan que las empresas creadas por los procesados tuvieron como principal cliente al IESS, seguido por coordinaciones zonales de Salud y el Ministerio de Salud Pública, durante el tiempo en que María Sol L. desempeñaba altos cargos directivos en el sector público.

La investigación hace presumir que los procesados habrían creado una fachada con dichas empresas para colocar dinero en el sistema financiero nacional, fondos que habrían sido transferidos entre las personas jurídicas que están siendo juzgadas, simulando que provenían de proveedores y clientes.

Este juicio inició el 11 de noviembre pasado en el Complejo Judicial Norte, en Quito, ante un Tribunal Penal de Pichincha.

El artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de lavado de activos con una pena privativa de libertad de uno a trece años, dependiendo de los montos que hayan sido lavados.

 

 

 

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