17 años y 4 meses de prisión para 3 procesados por peculado

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 982-DC-2020

17 años y 4 meses de prisión para 3 procesados por peculado

Riobamba (Chimborazo), 30 de octubre de 2020.- Acogiendo el pedido de Fiscalía, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo declaró culpables a Iván A., Ángel P. y Eduardo P., y los condenó a diecisiete años y cuatro meses de pena privativa de la libertad por el delito de peculado, perpetrado en la Cooperativa de Ahorro y Crédito FRANDESC LTDA.

La sentencia también incluye el pago de sesenta salarios básicos unificados y el pago de la respectiva reparación integral a las víctimas.
Además, revocó el estado de inocencia declarado a favor de los procesados por parte del Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo, en primera instancia, que valoró de forma incorrecta las pruebas presentadas.

En la audiencia de apelación a la sentencia, el fiscal George Sotomayor relató que, con fecha 9 de abril de 2018, Justo G. –antes de posicionarse como gerente de la Cooperativa FRANDESC LTDA– presentó una denuncia contra el gerente de la entidad, Iván. A., y los presidentes del Consejo de Administración, Ángel P. y Eduardo P., por un faltante de 152.000 dólares, dinero que pertenecía a dos ciudadanos franceses.

En remplazo de ese dinero, solo existía un acta firmada entre los hoy sentenciados, en la que se responsabilizaban a cancelar ese monto, lo que nunca ocurrió.

Fiscalía presentó nuevamente pruebas contundentes, con las que demostró la responsabilidad de los procesados en el delito y –sobre todo– el perjuicio ocasionado, con certificaciones, actas, reconocimiento de evidencias y del lugar de los hechos, testimonios, entre otros.

Dato jurídico

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278, inciso cuarto, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque determina una pena de diez a trece años, se aplicaron las circunstancias agravantes tipificadas en el artículo 47 del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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