A la espera de sentencia: Fiscalía procesa a ex Juez del Azuay por presunto abuso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 682-DC-2020

A la espera de sentencia: Fiscalía procesa a ex Juez del Azuay por presunto abuso sexual

Quito (Pichincha), 30 de julio de 2020.- Durante la audiencia de juicio, que se extendió desde las 10:00 hasta las 19:00 de este jueves, la Fiscalía General del Estado presentó sus pruebas para llevar al convencimiento al Tribunal de la Corte Nacional de Justicia –integrado por los jueces Iván León (ponente), Daniella Camacho y Marco Rodríguez– de que el procesado, Vicente V., es culpable del delito de abuso sexual, cometido contra una colega.

Además, la defensa del ex Juez de la Corte Provincial del Azuay presentó sus pruebas de descargo y solicitó al Tribunal que se le ratifique el estado de inocencia.

La fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, presentó los elementos probatorios –entre periciales, testimoniales y documentales– necesarios para que los magistrados acepten el pedido de dictar sentencia condenatoria contra el acusado.

Los hechos investigados y probados durante la audiencia por parte de Fiscalía, se suscitaron el 24 de noviembre de 2014 en la Corte Provincial del Azuay, cuando el entonces juez Vicente V., aprovechando un momento en que estuvo a solas con la víctima (también Jueza de la misma Corte), y en contra de su voluntad, ejecutó sobre ella un acto de naturaleza sexual.

Este suceso, según lo expresado por varias personas que laboraban con el procesado, intentó ser minimizado y naturalizado. Incluso, el acusado habría intentado influir para que la agredida no denunciara lo ocurrido, llegando a calificar al hecho como una “medida correctiva”.

Con la presentación de los informes periciales y los testimonios de quienes los elaboraron, se demostró que –debido a la agresión sexual– la víctima sufrió de estrés postraumático y afectaciones psicológicas, por lo cual tuvo que recibir terapia.

La investigación se llevó a cabo con base en lo tipificado en el artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con pena privativa de libertad de entre cinco a siete años.

 

 

 

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