Caso Sobornos: Tribunal de Apelación ratifica condena para 18 de los sentenciados y la modifica parcialmente para otros dos
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 643-DC-2020
Quito (Pichincha), 20 de julio de 2020.- Acogiendo los pedidos –plenamente justificados– de la fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, el Tribunal integrado por los jueces David Jacho, Dilza Muñoz y Wilman Terán desechó los recursos de apelación presentados por la mayoría de los sentenciados, ratificando la sentencia de primera instancia, que los condenó como culpables del delito de cohecho pasivo propio agravado.
Es decir, se confirma que 17 de los 20 sentenciados (entre ellos el expresidente Rafael C., el exvicepresidente Jorge G. y varios exministros) deberán cumplir la sentencia de ocho años de prisión; Pamela M. tendrá que pagar la pena atenuada de 38 meses y 12 días, debido a la cooperación eficaz.
El Tribunal de apelación coincidió en el razonamiento de que Rafael C. y Jorge G. son culpables en calidad de instigadores; el resto de exfuncionarios, en calidad de coautores, excepto Laura T., considerada cómplice; y los empresarios, como autores directos, a excepción de Alberto H., cuya participación fue considerada accesoria por los jueces y, en consecuencia, cambiada a cómplice.
Por esa razón, se modificó la pena de Laura T. a tres meses y seis días privación de libertad, y la de Alberto H., a treinta y dos meses.
Además, el Tribunal, en función de los principios de la Ley Penal, en relación al principio de favorabilidad, resolvió que la suspensión de derechos políticos de los sentenciados sea por el mismo tiempo de la condena.
En la audiencia, la fiscal Diana Salazar Méndez señaló que, durante todo el proceso, los abogados defensores, con los argumentos expuestos, se han limitado a tratar de desviar la responsabilidad de los hechos hacia otras personas, pero que nunca se negó la tesis de Fiscalía; es decir, que en el tiempo investigado existieron aportes irregulares realizados por empresarios, a través de dinero en efectivo o cruce de facturas, en beneficio de un movimiento político.
Estos dineros fueron recibidos por altos funcionarios del Gobierno anterior y fueron utilizados en actividades relacionadas con el accionar político del mencionado movimiento y campañas publicitarias. A cambio, los empresarios fueron favorecidos con contratos con el Estado, utilizando figuras como la del convenio de pago.
La teoría del caso planteada por Fiscalía fue demostrada con la presentación de gran cantidad de prueba testimonial, pericial y documental, que fue analizada en su conjunto por parte del Tribunal de Juicio y luego por el Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador.
Según este último, las pruebas permitieron demostrar –más allá de cualquier duda razonable– la responsabilidad de los procesados en el delito.
En el caso específico de Rafael C. y Jorge G., a través de otros funcionarios del Estado, instigaron e influenciaron para que exista la entrega de valores.
Además, la información obtenida en los archivos investigados evidencia el movimiento de dinero entre todos los involucrados, lo cual fue confirmado con los peritajes y varios testimonios.
Finalmente, para el cumplimiento de la reparación integral, señaló que el pago deberá realizarse en relación a su participación en el delito. Es decir, 778.224 dólares por parte de cada uno de los instigadores, coautores y autores, y 368.632 dólares por cada cómplice.
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