Pena máxima por delito de asesinato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 053-DC-2020

Pena máxima por delito de asesinato

Machala, 17 de enero de 2020.- Luego de cuatro días de audiencia de juzgamiento, por unanimidad, el Tribunal de Garantías Penales de El Oro sentenció a Juan Z. a treinta y cuatro años ocho meses de privación de libertad, y a Edith M. a once años siete meses, en primero en calidad de autor y la segunda como cómplice respectivamente, del asesinato cometido en contra de Luis C.

En el fallo también se dispuso que Juan Z. pague una multa de 1.000 salarios básicos unificados y 30.000 dólares como reparación integral a la familia de la víctima, mientras que Edith M. cancelará una multa de 500 salarios básicos unificados y 10.000 dólares como reparación integral.

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal de la Unidad de Personas y Garantías, Johnny González Galarza, presentó ante el Tribunal el testimonio de 17 personas, entre testigos presenciales del hecho y agentes policiales de la DINASED y de Criminalística.

Además, el fiscal fundamentó y justificó la existencia de las circunstancias agravantes de la infracción, establecidas en el artículo 47 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), numerales 7 y 10, por lo que solicitó el máximo de la pena, aumentada en un tercio.

El hecho investigado se produjo la madrugada del 15 de noviembre de 2018. La víctima, Luis C., quien había mantenido una relación sentimental por varios años con Edith M., le llamó telefónicamente. Esto escuchó Juan Z., su pareja actual, quien le pidió información relacionada a este ciudadano.

Es así que temprano en la mañana, Juan Z. en compañía del hijo adolescente de la mujer, acudieron hasta el domicilio de la víctima, en la Parroquia Puerto Bolívar. Allí disparó al hombre, quien se encontraba aún dormido, ocasionándole la muerte.

El sentenciado se dio a la fuga, pero posteriormente fue detenido en delito flagrante, portando el arma de fuego que utilizó para cometer el delito.

 

 

 

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