Pendiente resultado de audiencia de juzgamiento en contra de María Alejandra V., por presunto delito de concusión

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 018-DC-2020

Pendiente resultado de audiencia de juzgamiento en contra de María Alejandra V., por presunto delito de concusión

Quito ( Pichincha), 08 de enero de 2020.- En el tercer día de audiencia de juzgamiento, la Fiscalía General del Estado solicitó al Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, que María Alejandra V., exvicepresidenta de la República, sea sentenciada como autora directa del delito de concusión.

Además, pidió al Tribunal que la sentencia contemple una reparación integral, la respectiva multa y que el fallo sea publicado en un medio de comunicación nacional y en los medios de comunicación de la Asamblea Nacional.

La tarde de este 8 de enero, las sujetos procesales presentaron los alegatos de clausura. En su intervención, el fiscal general del Estado subrogante, Wilson Toainga, expresó que -a través de las pruebas presentadas- se demostró que la exlegisladora, abusando de su cargo, exigió y recibió dinero de su excolaborador Ángel S., a cambio de proporcionarle estabilidad laboral en la Asamblea Nacional.

Según indicó el Dr. Toainga, con esta actuación, la procesada vulneró el bien jurídico protegido que es la eficiente administración pública, siendo el Estado ecuatoriano la víctima directa y Ángel S, la indirecta.

Agregó que María Alejandra V. trasgredió los principios de eficiencia, ética y transparencia que deben regir la actuación de los servidores públicos, según lo determina la Constitución de la República del Ecuador. “La Ley no contempla exigir o recibir dinero de los subalternos, bajo ningún concepto”, enfatizó.

La Fiscalía probó que María Alejandra V. recibió transferencias bancarias de sus tres asesores: 23.300 dólares de Ángel S., de Karla O., 14.650,04 dólares; y, de Diego R., 5.345 dólares.

Estas aportaciones mensuales solicitadas a sus excolaboradores habrían sido para el financiamiento del movimiento Alianza Bolivariana Alfarista (ABA), hecho que no se pudo corroborar.

El juez ponente, Marco Rodríguez, informó que notificará a las partes procesales la fecha de reinstalación de la audiencia, para dar a conocer el fallo.

Dato jurídico

María Alejandra V. es procesada por el delito de concusión, según el artículo 264 del Código Penal vigente a la fecha en que ocurrieron los hechos.

 

 

 

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