Primer procesado por incumplir el estado de excepción decretado por el Gobierno

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 258-DC-2020

Primer procesado por incumplir el estado de excepción decretado por el Gobierno

Fue detenido después de la 01:00 de este miércoles, en Vinces, y puesto a órdenes de las autoridades para su juzgamiento.

Vinces (Los Ríos), 18 de marzo de 2020.- La Fiscalía de Los Ríos procesó al ciudadano Cristopher Brayan M. H. por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, tras irrumpir el estado de excepción emitido por la declaratoria de emergencia del Gobierno Nacional. El procesado se acogió al procedimiento abreviado, por lo que fue sentenciado a cuatro meses de pena privativa de libertad.

En la audiencia de flagrancia, en la Unidad Judicial de esta ciudad, el fiscal Harold González Zambrano presentó, entre los elementos de convicción: el parte de la detención del ciudadano, la incautación de la motocicleta en que se movilizaba y un teléfono celular. Estos últimos constan en la cadena de custodia ingresada en la Policía Judicial.

La jueza de Garantías Penales, Letty Zambrano, acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva. El procesado asumió su responsabilidad en el hecho y en el desarrollo de la audiencia se acogió al procedimiento abreviado.

Cristopher Brayan M. H. fue detenido a la 01:00 de este miércoles, luego de que fuera detenido cuando circulaba en una motocicleta en el centro de Vinces, por policías y militares que se ejecutaban operativos de control por el “toque de queda” emitido por el Gobierno, el martes 17 de marzo del año en curso.

Esta medida rige de 21:00 a 05:00, todos los días en todo el territorio ecuatoriano, menos en Guayas, donde es de 16:00 a 05:00. Esta es una de las medidas tomadas por el estado excepción que decretó el Presidente de la República, Lenín Moreno, para evitar la expansión del coronavirus, detectado el 1 de marzo de 2020.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 282, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

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