2 sentenciados por la violación de adolescente con 96% de discapacidad

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 706-DC-2019

2 sentenciados por la violación de adolescente con 96% de discapacidad

Fiscalía consiguió una condena de 29 años para su padrastro y un amigo de este, como autores del delito perpetrado en la menor.

Quito (Pichincha), 03 de diciembre de 2019.- La adolescente, según el carné del Ministerio de Salud, tiene un 96% de discapacidad intelectual y síndrome de Down. A sus 15 años fue víctima de su padrastro y el amigo de este, quienes perpetraron la violación, la madrugada del 11 de noviembre de 2018, en Calderón, norte de Quito.

En audiencia privada de juicio, Fiscalía demostró que Luis C. y Luis O. son los autores del delito y, con base en el respaldo probatorio, solicitó una pena agravada de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad. El pedido fue acogido y ordenado por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en su sentencia condenatoria anunciada de forma oral.

Las pruebas testimoniales y periciales presentadas por la Fiscal del caso fueron definitivas para lograr el fallo condenatorio: testimonio anticipado de la víctima, examen médico legal, testimonios de agentes aprehensores y vecinos de la víctima, pericias psicológicas, de entorno social y de rasgos de personalidad, entre otras.

Hechos

Luis C., padrastro, llegó a la casa en estado etílico y quebrantó la integridad sexual de la adolescente. Acto seguido llamó a su amigo, Luis O., quien pasó a buscarlos en su taxi y continuaron bebiendo, mientras la adolescente estaba en el asiento posterior.

En la casa del taxista, este le entregó dinero al padrastro y este se retiró del lugar. Luis O. cometió el delito en la adolescente. Tras el ataque, la víctima escapó, pero su padrastro, que esperaba afuera, la obligó a regresar a esa casa. Para que su amigo cometiera nuevamente el delito.

La niña gritó por ayuda y la escuchó una vecina que llamó a la Policía. Ante los agentes, los dos ciudadanos la culparon de haberse “robado un celular” y pedían que se tome procedimiento por el “robo”, pero la víctima le dijo a la Policía lo que ambos le hicieron.

Dato jurídico

Fiscalía investigó y los jueces penales sentenciaron según lo dispuesto en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La norma precisa que la violación cometida con el uso de la intimidación será condenada con privación de libertad de diecinueve a 22 años. Sumadas las circunstancias agravantes, como la discapacidad intelectual y el comedimiento del delito entre dos personas, la pena se agravó en un tercio. Es decir, alcanzó los veintinueve años cuatro meses de prisión.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123