Sentencia ratificada para hermana de alias “Gerald” y otros

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 689-DC-2019

Sentencia ratificada para hermana de alias Gerald y otros

Por pedido de Fiscalía, los recursos de nulidad y apelación fueron negados. Recibieron condena por enriquecimiento privado no justificado.

Quito (Pichincha), 28 de noviembre de 2019.- Los jueces de la Corte Provincial de Justicia del Guayas negaron los recursos de nulidad y apelación interpuestos por Betsy P., Olga M., Wilton P., Peter A. y Julia M., ratificando así la sentencia por enriquecimiento privado no justificado, cuya pena es de cinco años de privación de libertad.

En la audiencia de nulidad y apelación, la fiscal de Fedoti 7 de Pichincha, Sandra Velasco, argumentó que existieron suficientes pruebas documentales, como escrituras, contratos de compra-venta de vehículos, certificados bancarios y otros, para demostrar la responsabilidad de los procesados en el delito imputado.

También pruebas periciales y testimoniales en contra de los sentenciados, que fueron presentadas en la audiencia de juicio. Esta acusación fue sustentada por la Fiscalía con la exposición –de forma presencial y a través de video conferencia– de los testimonios de los peritos de la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional (ULA), de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), del Servicio de Rentas Internas (SRI) y de la Unidad de Inteligencia Antidelincuencial (UIAD).

Betsy Maribel P. Á. (hermana de Édison P. Á., alias ‘Gerald’ –quien fuera líder de una organización dedicada al narcotráfico en Ecuador–) fue sentenciada en agosto de 2019 y las otras cuatro personas en diciembre de 2018, por enriquecimiento privado no justificado. Este hecho fue investigado en abril de 2017, a raíz del operativo “Sol Naciente”, liderado por Fiscalía, en el que se desarticuló a una organización delictiva enfocada en el “blanqueo” de capitales provenientes del narcotráfico.

En esta operación se incautaron más de 17 millones de dólares en efectivo, encaletados en viviendas de Guayaquil y Manta.

Dato jurídico

El enriquecimiento privado no justificado está tipificado en artículo 297 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

 

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