Yofre P. y 4 sentenciados sí deberán cumplir con su pena por paralización de servicio público

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 597-DC-2019

Quito, 09 de noviembre de 2019.- El conjuez nacional David Jacho, acogiendo el pedido realizado por el fiscal general del Estado subrogante, Wilson Toainga, negó la suspensión condicional de la pena al asambleísta Yofre P. y los ciudadanos César P., Gonzalo V., Carlos Ch. y Víctor B., por no cumplir con las condiciones dispuestas en el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Las solicitudes del prefecto de Sucumbíos, Amado Ch., y de los ciudadanos Steven T., Jenny R. y José G. fueron aceptadas.

La defensa presentó su solicitud, argumentando que los ciudadanos cumplen con las condiciones previstas por la normativa vigente para recibir este beneficio; sin embargo, Fiscalía refutó lo expuesto y pidió que no se acepte lo pedido.

El fiscal Toainga aseguró que ninguna de las peticiones cumple con el numeral 3 del Art. 630 del COIP, debido a que los hechos se suscitaron en el contexto del estado de excepción, lo que constituye una conducta grave, dentro de los delitos en contra de la estructura del Estado.

Añadió que en el caso específico de Yofre P. y Carlos Ch., existen causas penales en curso con lo que se incumpliría el numeral 2 del mismo artículo. Todo esto impide que sean beneficiarios de una suspensión de la pena.

El Magistrado señaló que los ciudadanos beneficiados de la suspensión deberán cumplir con las siguientes condiciones: abstenerse de acercarse a instalaciones petroleras, no salir del país sin autorización, realizar trabajos comunitarios por cien horas, pagar la reparación integral impuesta en la sentencia, no ser reincidentes y no tener otra instrucción fiscal abierta.

 

 

 

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