Pena máxima por violación, ratificada

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 572-DC-2019

Pena máxima por violación, ratificada

Fiscalía demostró que el sentenciado obligaba a su exenamorada a tener relaciones sexuales, bajo intimidación y amenazas de divulgar videos y fotografías.

Cuenca (Azuay), 5 de noviembre de 2019.- La Sala de Garantías Penales del Azuay rechazó el recurso de apelación presentado por Edison Efraín R. y ratificó la sentencia de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad dictada en su contra, por el delito de violación cometido en su exenamorada, de 19 años.

Además, los jueces confirmaron el pago de cinco mil dólares como reparación integral a la joven.

En su intervención, la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género, Katherine Medina, indicó que, mediante pruebas presentadas en la audiencia de juicio –efectuada en julio de 2019–, Fiscalía demostró que entre julio y septiembre de 2015, Edison Efraín R. le exigió a la joven acudir a su local comercial, situado en el centro histórico de Cuenca, y que en el lugar la obligaba a mantener relaciones sexuales, bajo intimidación y amenazas de divulgar vídeos y fotografías con contenido sexual, en los cuales aparecían los dos.

Las imágenes fueron captadas durante la relación de pareja que mantuvieron el sentenciado y la víctima.

Entre las pruebas presentadas constan: los testimonios de los peritos que realizaron el informe psicológico y el reconocimiento del lugar de los hechos, además del de una amiga de la víctima, de los agentes de Policía que investigaron el caso y del hermano de la joven, quien la acompañó a denunciar al agresor.

Dato jurídico

Edison R. fue sentenciado con base en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años, cuando se usa violencia, amenaza o intimidación.
Además, se consideró la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 9, del mismo cuerpo legal: cuando el agresor conoce a la víctima con anterioridad a la comisión de la infracción.

 

 

 

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