Docente condenado a 9 años por abuso de menor

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 446-DC-2019

Docente condenado a 9 años por abuso de menor

La pericia psicológica y el informe de la orientadora del plantel educativo donde ocurrieron los hechos fueron contundentes para sentenciar al agresor.

Santa Elena, 26 de septiembre de 2019.- La negativa del menor E. S. G. V, de 11 años, a asistir a la escuela y el cambio repentino en su conducta alertó a su mamá y a una profesora de su establecimiento educativo, ubicado en el cantón La Libertad, de la provincia de Santa Elena. Tras un abordaje al caso dentro del ambiente escolar, se descubrió que el niño había sido abusado por un docente suplente, aprovechando espacios como los recesos y las actividades fuera del aula.

De acuerdo al testimonio anticipado de la víctima, el agresor le prestaba su teléfono celular para distraerlo, mientras tocaba sus partes íntimas y le daba diferentes cantidades de dinero para que guardara silencio. El ilícito se habría repetido en reiteradas ocasiones. Varios de los compañeros de la víctima habrían observado la actitud del profesor.

Estos sucesos fueron investigados por la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Blanca Gavilánez López, quien recabó pruebas documentales y testimoniales para sustentar este caso, que data de noviembre de 2016.

En audiencia de juzgamiento, el pasado 23 de septiembre, la Fiscal presentó como principales pruebas el testimonio anticipado del menor y un amplio informe psicológico, que evidencia síntomas de una afectación en la víctima, producto del abuso al que era sometido por su agresor. Estos fueron complementados con informes de las pericias médicas, valoración del entorno social, reconocimiento del lugar y las comparecencias de la denunciante (madre), profesora y orientadora del plantel educativo.

El trabajo investigativo de Fiscalía permitió que el Tribunal de Garantías Penales de Santa Elena, integrado por los jueces Felipe Pozo, Abdón Monroy y Daysi Lindao, impusiera una sentencia de nueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad a Jimmy T. S. y una multa de veinte salarios básicos unificados (7.880 dólares). Además, la víctima deberá recibir tratamiento psicológico por parte del Ministerio de Salud Pública y 5.000 dólares por concepto de reparación integral.

Dato jurídico

La conducta procesal del sentenciado, Jimmy T. S., se encuadró en el delito de abuso sexual establecido en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años, cuando la víctima sea menor de 14 años y que, a consecuencia de la infracción, sufra lesiones físicas o daño psicológico.

A esto se sumaron las agravantes que aumentan la pena en un tercio, establecidas en el artículo 48 del referido cuerpo legal, en sus numerales 1 y 8, cuando la víctima –al momento de la comisión de la infracción– se encuentre al cuidado o atención en un establecimiento educativo y el infractor tenga algún tipo de relación de poder o autoridad (docente), respectivamente.

 

 

 

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